Segovia
Absueltos los dos jóvenes de La Granja acusados de violar a una chica en MálagaLa jueza afirma que no ha quedado acreditado que las relaciones sexuales se produjeran contra la voluntad de la denunciante
La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los dos jóvenes de La Granja que estaban acusados de agredir sexualmente a una joven en un ... portal de la ciudad andaluza en julio de 2020. La jueza concluye que no ha quedado debidamente acreditado que las relaciones sexuales mantenidas por los dos acusados y la denunciante se produjeran contra la voluntad de la chica. No obstante, el tribunal reconoce en la sentencia sus dudas en cuanto a si hubo o no consentimiento y conformidad por parte de la joven. Por ello, dicta una sentencia absolutoria para los dos chicos -que se enfrentaban a penas de hasta 22 años y medio de cárcel cada uno- en virtud del derecho a la presunción de inocencia.
La jueza resalta en su sentencia que la declaración de los dos acusados -que permanecieron en prisión provisional durante mes y medio- coincide «en lo esencial» con lo que han mantenido a lo largo de todo el procedimiento, desde su detención el día de los hechos hasta la fase de instrucción y en la celebración del juicio. En ningún momento los dos jóvenes negaron los hechos, pero insistieron en que las relaciones fueron «de común acuerdo» y que la denunciante incluso se mostró «activa y colaboradora». Ambos resaltaron también que fue la propia chica la que propuso «varias veces» ir a su piso y que fue ella la que inició el trío «sin que hubiese ningún problema».
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Por su parte, la denunciante -que solicitaba penas de 15 y 12 años de prisión para los dos acusados- mantuvo que los hechos fueron contra su voluntad. Admitió que quiso «enrollarse» con uno de los chicos pero que «nunca» admitió hacer un trío. La joven manifestó que se resistió «lo que pudo», pero no podía hacer nada porque le agarraban las manos o le tapaban la boca.
Hechos probados
El juzgado malagueño entiende como hechos probados que la denunciante se encontraba junto a varias amigas en una discoteca de Málaga en la madrugada del 28 de julio de 2020 cuando contactó a través de miradas con uno de los jóvenes. Fue invitada al reservado, donde se encontraba el otro de los denunciados y un tercer amigo. La joven acudió junto a una amiga y permanecieron un rato «enrollándose», la denunciante con uno de los acusados y su amiga con el otro.
Los dos acusados de agresión sexual permanecieron durante un mes y medio en prisión provisional
Pasado un tiempo, la amiga de la chica decidió marcharse y en el reservado quedaron los dos chicos y la denunciante, aunque también salieron en algún momento al exterior de la discoteca, donde fueron vistos e incluso grabados por amigas de la chica mientras charlaban en la acera. En un momento dado, la joven pidió a una de sus amigas que le diese la llave del apartamento donde se alojaban y donde tenía intención de acudir con uno de los acusados.
Alrededor de las 5 de la madrugada, los tres jóvenes abandonaron el lugar y se dirigieron al portal de la vivienda de la chica, abierto por ella misma mediante un dispositivo electrónico. En el interior del portal se produjeron las relaciones sexuales entre los dos varones y la mujer, llevando a cabo «simultánea y alternativamente penetraciones vaginales, bucales y anales» por parte de los chicos. Durante ese tiempo, la puerta del portal se abrió en dos ocasiones sin que nadie entrase o saliera de él.
La prueba pericial concluyó que no existían lesiones internas ni externas en órganos genitales, vagina o ano
Tras marcharse los dos jóvenes del portal, la chica se quedó en el interior de la vivienda al no poder acceder a la casa ya que no disponía de llaves. Nueve minutos después de abandonar el lugar los acusados, la denunciante mandó un mensaje a sus amigas manifestando que había sido violada.
«Incoherencias»
La jueza sostiene que no ha quedado debidamente acreditado que ni antes ni durante el tiempo en que transcurrieron los hechos relatados la joven expresase su disconformidad o negativa de forma expresa o tácita. Al respecto, el tribunal asegura que la denunciante no respondió durante el proceso judicial «de forma coherente y racional» a la posibilidad de huir del lugar, ya que la puerta del portal llegó a abrirse hasta dos veces sin que nadie saliese. También pone de relieve el tribunal que no pidiera ayuda o gritase para que la oyesen los vecinos.
El tribunal reconoce sus dudas en cuanto a si hubo o no consentimiento y conformidad por parte de la joven
Además, la jueza indica que incurre en contradicciones cuando afirma que apenas habla con uno de los acusados (el que previamente se enrolla con su amiga) y «sin embargo queda debidamente acreditado que permanecen juntos bastante tiempo a lo largo de la noche».
Durante el juicio, amigas de la denunciante declararon que en la discoteca «todo estaba bien», pero que tras ocurrir los hechos recibieron un mensaje en el que la joven decía que había sido violada y que en el portal había sangre. Sobre esta circunstancia los dos jóvenes aseguraron que cuando terminaron las relaciones sexuales se dieron cuenta de la mancha de sangre, que achacaron a que la chica tenía la menstruación. Por el mismo motivo uno de los acusados negó que el hecho de tirar su camiseta a la papelera se debiera a la intención de ocultar pruebas, sino a que estaba manchada de sangre y que no quería dar explicaciones de ello a su madre.
Por último, la prueba pericial forense es «clara» y concluye que la chica, que fue explorada después de ocurrir los hechos, no presentaba lesiones externas ni internas en órganos genitales, vagina o ano, ni equimosis ni petequias. En cuanto al informe psicológico, se concluye que el relato de la joven es «verosímil».
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