Cuéllar extremará la vigilancia para evitar los vehículos de motor durante los encierros
La Alcaldía emite un bando en el que advierte de sanciones si se incumplen la ordenanza local, que prevé multas de hasta 1.500 euros, y el reglamento regional
Mónica rico
Lunes, 22 de agosto 2016, 13:28
Con la celebración de los tradicionales encierros de la localidad a la vuelta de la esquina entre el 28 de agosto y el 1 de septiembre, la Alcaldía de Cuéllar ha emitido un bando en el que indica las normas de obligado cumplimiento por motivos de seguridad y para mantener la integridad y pureza del encierro.
El documento señala la obligatoriedad de ceñirse al cumplimiento de la Ordenanza de los Encierros de Cuéllar, publicada en julio de 2013 y el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León. El Ayuntamiento advierte de que, de forma especial, este año se vigilará el cumplimiento de determinadas normas, como el artículo 5 de la ordenanza, que señala la prohibición de golpear las puertas de los corrales, citar y arrojar objetos al paso de los toros; y el artículo 6.3 del Reglamento de espectáculos taurinos populares regional, que marca que en la zona de recorrido y expansión, la presencia de vehículos de motor queda totalmente prohibida, salvo aquellos específicamente autorizados para el buen desarrollo del espectáculo. El bando municipal recuerda que estas infracciones están consideradas como graves y pueden conllevar sanción económica.
Caballistas
El documento también recuerda que los caballistas autorizados que acudan al encierro deberán respetar las indicaciones formuladas por los veinte colaboradores voluntarios elegidos por el director de campo y cumplir las órdenes del mismo y de los miembros de la organización. Además, hace hincapié en que la autorización de acompañamiento no recoge acudir a la zona de pinar de los corrales del río Cega; y el compromiso adquirido en la solicitud que supone esperar a la manada en el tramo final del pinar, en el paso de las Máquinas.
Todos los asistentes deberán respetar en todo momento las indicaciones que realicen el director de campo, pero también el director de lidia y sus colaboradores voluntarios (pastores) en el tramo urbano del encierro, y los miembros de la organización.
En el bando también se recuerda que el Ayuntamiento no puede garantizar la seguridad de las personas que se sitúen en las inmediaciones del paso de la manada, y que estas están asumiendo un riesgo voluntario para su seguridad personal. Se señala de forma específica que, en la zona de los corrales, las personas que allí se encuentren al paso de la manada asumirán un riesgo para su seguridad personal.
También se hace hincapié en que, en la zona del Embudo, las talanqueras no son aptas para la seguridad del público y que su cometido es exclusivamente el de encauzar el ganado, por lo que queda prohibida utilizarlas como refugio.