El asesino de Paloma e India alega drogadicción y alcoholismo para rebajar su condena
La acusación y la Fiscalía rechazan el recurso de la defensa del asesino confeso que pide el cambio de delito de asesinato por homicidio porque, dice, no existió alevosía ni ensañamiento
La sala de lo penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado vista para sentencia la controversia sobre un recurso de apelación presentado por la defensa de D.M.L., un hombre condenado en primera instancia por asesinar a una madre y a su hija con quienes convivía en Valladolid, según anuncian desde Burgosconecta.
En este caso, la Fiscalía y la acusación particular han rechazado el recurso de apelación representado por la defensa del acusado. Este fue condenado por la Audiencia de Valladolid a 25 años de cárcel por el asesinato de Paloma y a prisión permanente revisable por el también asesinato de la hija de ésta, India, de ocho años.
Según los hechos probados y juzgados, D.M.L. mató a cuchilladas a las dos mujeres en el piso que compartía con ellas en el Paseo de Zorrilla de Valladolid, en la madrugada del 23 de enero de 2023. India fue la primera menor asesinada en Castilla y León por violencia machista en diez años.
Drogas y alcohol
La defensa ha presentado el recurso rechazando que hubiera existido alevosía y ensañamiento en el crimen. El letrado de la defensa asegura que cuando el hombre le propinó las puñaladas a ambas mujeres estaba «bajo el influjo de las drogas, del alcohol y carecía de capacidad». Y ha subrayado en su argumentación que «no se le realizó en el hospital» la prueba de drogas, cuando, ha dicho, «era un consumidor habitual de alcohol y otras sustancias».
El recurso cuestiona la existencia de alevosía, sea objetiva o subjetiva, y rechaza que hubiera «ensañamiento». Alude a que no existe certeza de «cuál es la puñalada que le lleva a la muerte» a las mujeres, sobre todo a la adulta.
La defensa también ha apuntado otros argumentos que se relacionan con el cambio de pena, «de asesinato a homicidio», que pide el recurso. Afirma que los hechos, según el propio recurso, son «constitutivos de homicidio y se deberían aplicar penas de 12 años de prisión, para el primero de los casos, y de 13 años de prisión para el segundo, el de la menor».
En todo caso, si el Tribunal decide no cambiar la calificación y mantiene la pena del asesinato, las penas, dice la defensa de D.M.L., «no deberían exceder de los 20 a 25 años de prisión» para el caso de India, la niña de ocho años, y en el caso de Paloma «la pena no debería superar los 15 o máximo 20 años de prisión».
Fiscalía y acusaciones
Tanto el Ministerio Fiscal como las acusaciones particulares piden al Tribunal que se «desestime íntegramente» el recurso de apelación y, por lo tanto, la confirmación de la sentencia de instancia. La Fiscalía estima que los motivos de la defensa se articulan en un único cauce: el de la infracción del precepto legal.
Ha recordado que esta vía impugnatoria «exige un respeto absoluto a los hechos probados» y, por lo tanto, de los elementos en los que se apoyan los hechos.
En su día, el jurado popular dictaminó sobre la culpabilidad del encausado, el 19 de diciembre de 2024, a quien consideró, de forma unánime, autor de los asesinatos.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.