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Pasajeros en el interior de un autobús del servicio nocturno (Búho). R. OTAZO
El TSJ da la razón a los once chóferes del Búho para que cobren el plus de festivos

El TSJ da la razón a los once chóferes del Búho para que cobren el plus de festivos

Auvasa deberá abonar más de 18.000 euros, para igualarles al resto de conductores, y que corresponden a los ejercicios de 2017 y 2018

Jorge Moreno

VALLADOLID

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Martes, 15 de enero 2019, 11:16

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha desestimado el recurso interpuesto por Autobuses Urbanos de Valladolid S. A. (Auvasa), en el que se oponía al pago del plus por trabajo en sábados, domingos y festivos de los conductores del servicio nocturno, conocido como Búho.

La resolución judicial confirma de este modo el fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid, del 7 de agosto de 2018, que daba la razón en este conflicto colectivo a los sindicatos con representación en el comité de empresa. La estimación económica realizada por CSIF es unos 18.468 euros por los dos años que se han dejado de percibir.

Este órgano sostuvo en el servicio de mediación regional (Serla), en el que no hubo acuerdo con la empresa, que los once trabajadores de estas líneas de autobuses tenían derecho a percibir dicho plus, que supone unos 11,5 euros por día trabajado en sábados, domingos y festivos, de igual forma que el resto de los conductores.

Por el contrario, la empresa mantuvo en el pleito su rechazo por cuanto estos chóferes «cuentan con un régimen específico de jornada y descansos distinto al del resto de trabajadores», y fruto de las negociaciones sociales.

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia se pronuncian a favor de que estos conductores cobren la parte proporcional del plus amparándose en el actual texto del convenio colectivo. En sus artículos 17 y 18 del convenio de Auvasa se establece el cobro de dicho plus para «todos los trabajadores» de la compañía sin distinción de rutas ni turnos.

En el caso de los chóferes del Búho, el convenio recoge tres turnos, cuyos horarios oscilan entre las 14 y las 17 horas y las 23 hasta las 4 de la madrugada. Por su penosidad nocturna, el texto recoge que estos trabajadores tendrán sus vacaciones en el mes de agosto, periodo en el que la empresa se compromete a contratar conductores eventuales a tiempo parcial.

Para confirmar la sentencia de la jueza de lo Social número 3 de Valladolid, sus colegas del Tribunal Superior afirman que el texto del convenio es claro respecto al abono de dicho plus, cuando incluye la expresión «todos los trabajadores que trabajen en sábados, domingos y festivos lo percibirán. En dicho precepto no se excepciona, por tanto, situación o grupo profesional alguno al que no le resulte de aplicación la retribución que en él se reglamenta».

El TSJ insiste además que lo que se persigue con este artículo del convenio es «recompensar a quien con ocasión del desempeño de su trabajo se ve privado del descanso durante los fines de semana y festivos». La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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