Valladolid
Ratifican los tres años de prisión para un interno de la cárcel al ser sorprendido con cocaEl condenado recibió veinte envoltorios de droga tras una comunicación con un familiar
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la pena de tres años de prisión a Juan Carlos V. T. por un ... delito contra la salud pública tras ser sorprendido en el centro penitenciario de Villanubla con veinte envoltorios de cocaína, con un peso neto de 17,1 gramos, tras una comunicación con un familiar el 22 de abril de 2023.
De esta forma, el TSJ ha desestimado el recurso de la defensa, que alegaba error en la valoración de la prueba, además de que el delito nunca se consumó, tras la sentencia condenatoria de la Audiencia de Valladolid. En la misma se recogía que Juan Carlos se había puesto de acuerdo para que le llevasen la cocaína, si bien no pudo conseguir su propósito al serle intervenida la sustancia por los funcionarios del departamento de comunicaciones al registrar una bolsa con ropa que le habían entregado.
En la misma se hallaban cinco pantalones vaqueros, en cuyo interior encontraron, dentro de la zona de la cremallera, cuatro envoltorios transparentes con la coca. La sustancia intervenida hubiera tenido en el mercado ilícito un valor de 1.020 euros.
Durante el juicio, el condenado alegó que un compañero de la cárcel le pidió que le metiera unos pantalones y que por ese motivo contactó con su familiar, si bien nunca desveló quién era esa tercera persona al afirmar que se sentía amenazado.
Fundamentos de derecho
Para el TSJ, como para la Audiencia de Valladolid, el condenado tenía como finalidad su distribución entre los internos del centro penitenciario, si bien, como asegura la defensa, el recluso nunca llegó a cometer tal infracción y considera que el delito nunca se consumó, ya que «no llegó a tener el dominio de la sustancia intervenida». «Se considera que es autor de un delito consumado por tener la posesión mediata de la droga remitida; siendo indiferente que no se hubiese materializado la detentación física de la sustancia prohibida, y en este caso el receptor había previamente convenido la entrega de la droga», esgrimen los fundamentos de derecho del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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