Pide la excarcelación del acusado de pegar y encerrar a su pareja al aplazarse el juicio
La defensa de Paulino Hernández, en la cárcel desde febrero de este año por retención ilegal de la víctima, solicita la puesta en libertad de su cliente al no presentarse al juicio cinco testigos
La incomparecencia de cinco testigos (vecinas del bloque y policías) ha obligado a la Sección Cuarta de la Audiencia de Valladolid a suspender el juicio ... previsto para este lunes, en el que se iba a juzgar a Paulino Hernández Morales por pegar y encerrar a su pareja en una vivienda de la calle Santiago de la capital vallisoletana.
Por este motivo, la defensa del acusado ha solicitado la excarcelación de su cliente, que se encuentra en prisión provisional desde el 25 de febrero de este año. Dos días antes, el día 23, según refleja el escrito de Fiscalía, Paulino Hernández «golpeó con las manos de forma reiterada por todo el cuerpo a su pareja, llegando a apretarle el cuello». Agresión que se repitió en esa misma noche, sin que la víctima pudiera marcharse de la vivienda al trancar la puerta el acusado y encerrar en su interior a la mujer.
Sobre las 9:00 horas del 24 de febrero, su parejar, aprovechando que el acusado estaba más tranquilo, pidió auxilio a través de una ventana que da a un patio interior, lo que propició que una vecina alertara a la Policía. Tras la llegada de los agentes, Paulino Hernández abrió la puerta y la víctima informó de las agresiones sufridas. Un día más tarde, el acusado entró en prisión preventiva, en la que se encuentra actualmente.
Tras el aplazamiento de la vista oral, que se retrasaría como mínimo hasta marzo de 2023, la abogada del acusado ha solicitado su puesta en libertad, a pesar de que la Fiscalía de Valladolid solicita ocho años de prisión: seis por un delito de detención ilegal y otros dos años por delitos de lesiones en el ámbito de la violencia de género.
El magistrado presidente de la Sección Cuarta tendrá que valorar «si el encausado puede actuar contra la víctima» para condecer la libertad
Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la prisión provisional durará el tiempo imprescindible mientras subsistan los motivos que la justificaron, si bien su duración no podrá exceder de un año si el delito tuviera señalada una pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de dos años si la pena señalada fuera superior a tres años como sucede en este caso. De esta forma, el magistrado presidente de la Sección Cuarta, José Luis Ruiz Romero, tendrá que valorar «si el encausado puede actuar contra la víctima» para condecer la libertad.
Precisamente, Paulino Hernández ya fue condenado por el Juzgado de lo Penal Número 1 de Plasencia por delitos de lesiones y maltrato familiar en marzo de 2013, unas penas que resultaron extinguidas el 18 de noviembre de 2020.
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