La Audiencia condena a un informático a cinco años de prisión por descargar y compartir pornografía infantil
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El tribunal considera que se trata de miles de imágenes de «extrema dureza» y que el encausado intentó borrarlos para no ser descubiertoCinco años de prisión es la pena que la Audiencia de Valladolid ha impuesto a L. P., un informático que, al menos desde el 1 ... de enero de 2016 y hasta el 14 de noviembre de ese año, descargó y compartió «de forma consciente» archivos de fotos y vídeos con contenido explícito de pornografía infantil de menores de hasta 14 años. Para ello, se indica en la sentencia hecha pública este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ), utilizó el programa eMule de intercambio de datos Peer o Peer (P2P), a través de las redes eDonkey y Kadmelia, y la línea telefónica instalada en su domicilio de Valladolid. Los investigadores de la Unidad Técnica de Policía Judicial de la Guardia Civil de la Unidad Central de Menores y Abuso Sexual infantil detectaron hasta 95 descargas, motivo por el que solicitaron una orden judicial de entrada y registro al Juzgado de Instrucción 3 el 7 noviembre de 2016.
Durante el registro fueron intervenidos varios discos duros (dos de ellos correspondientes a los ordenadores utilizados) y varios pendrives. De todos ellos, en particular en el primer dispositivo extraído del ordenador portátil compartió un total de 5,07 Gb y descargado un total de 69,47 Gb en 5.622 sesiones, almacenando un registro con 644 entradas en archivos pedófilos descargados y compartidos a través de la aplicación eMule.
En una de las memorias externas se encontraron 2.590 archivos pedófilos, 171 vídeos con 252 vídeos almacenados, 1417 imágenes de fotografía de un total de 1.661 almacenados; de los que 13 se habrían descargado mediante P2P (eMule) coincidentes con los detectados con la base de datos 'Qijote'. En un disco duro externo se recuperaron 2.544 archivos de fotografía y video con contenido pedófilo, que como los anteriores, descargaba y compartía, puntualiza el fallo.
De estos últimos, 293 archivos son positivos legibles y se desglosan en 3 videos con un total de 23 videos almacenados, 288 imágenes con 2474 almacenados, dos documentos en formato pdf de un total de 47 de texto almacenado y un archivo que se corresponde con una versión anterior del programa de descarga instalado en el primer dispositivo.
«Perversidad»
En alguno de los archivos localizados, expone la sentencia, las imágenes «reflejan un notorio trato vejatorio y degradante hacia los menores y desprecio hacia la dignidad humana debido a la perversidad de los actos mostrados en los mismos y la brutalidad de los comportamientos exhibidos en las escenas».
El tribunal tiene en cuenta que el acusado es ingeniero robótico y sabe programación. Indica, al respecto, que a la Guardia Civil «le llama mucho la atención que el dispositivo que se utiliza por el acusado está limpio y ello a pesar de que se había utilizado el eMule; tiene el CCleaner que es un programa que se utiliza normalmente para evitar el rastreo forense del ordenador, que le ayuda en esa labor de eliminar evidencias, tiene una serie de elementos indicativos de que se ha utilizado para bajarse archivos, pero está todo ilocalizable y por ello necesitan efectuar un estudio pormenorizado del ordenador y por eso se lo llevan para su estudio». Descubrieron que «el acusado no solo ha borrado los videos, sino que ha borrado los archivos de intercambio, que es algo mucho más complicado de hacer. Eso solo lo puede hacer alguien que lo sepa hacer por ser un experto informático, y que lo haga intencionadamente«.
El tribunal considera que las imágenes son extremadamente violentas y por eso aplica la circunstancia agravante solicitada por la acusación. Impone al acusado la pena de cinco años y un día de prisión, con su accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.También se le impone la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular con menores, por tiempo de siete años. La Fiscalía pedía, en un principio, 7 años de prisión.
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