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Cúpula de la Energí­a en la Ciudad del Medio Ambiente en Garray (Soria).
El Supremo desestima el recurso de los ecologistas y da vía libre a la antigua Ciudad del Medio Ambiente de Soria

El Supremo desestima el recurso de los ecologistas y da vía libre a la antigua Ciudad del Medio Ambiente de Soria

De esta forma se pone fin a un largo proceso judicial y se validan la corrección de todas las actuaciones desarrolladas para aprobar el Parque Empresarial del Medio Ambiente

Martes, 26 de mayo 2020

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (Asden) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), de 29 de mayo de 2017, que declaraba legal la planificación del Parque Empresarial del Medio Ambiente (PEMA), heredero de la Ciudad del Medio Ambiente, con lo que respalda su legalidad y su impulso.

Es una de las sentencias en torno a la extinta Ciudad del Medio Ambiente (CMA) más esperadas tanto por la Junta de Castilla y León, a la que el documento le da la razón, como por la asociación ecologista y toda la sociedad soriana.

ASDEN presentó el recurso pidiendo la anulación del decreto que desarrolla el Parque Empresarial del Medio Ambiente, (PEMA) que aprobó la Junta de Castilla y León para reconvertir la extinta Ciudad del Medio Ambiente y adecuar dicho decreto a la legislación. La asociación insistió en el momento de presentar la petición en el Tribunal Supremo en que «si la Junta hubiera limitado el decreto a un polígono industrial en terrenos rústicos no protegidos, no habríamos planteado objeción legal alguna y las empresas que se dice que quieren venir a instalarse, ya habían venido y estarían funcionando». Para el portavoz de ASDEN, Carlos González, tanto la Junta como el ayuntamiento de Garray que es el municipio donde se ubican los terrenos, «ambas administraciones se empecinaron en unir las cúpulas, levantadas en terreno especialmente protegido y zona de dominio público, a la zona industrial mediante el Decreto 18/2015 por el que quedaba aprobado el PEMA». Decreto que ha quedado respaldado por la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en 2017 y ahora confirmado por el fallo del Tribunal Supremo.

Es el Alto Tribunal el que explica ahora que «se desestima el recurso formulado de contrario, y se confirma la sentencia impugnada, sobre el extremo de la corrección jurídica de la clasificación como suelo urbano consolidado del suelo anteriormente calificado de no urbanizable de especial protección, en los terrenos de uso industrial y dotacional del Proyecto Regional Parque del Medio Ambiente«.

Implantar empresas

El actual decreto fue aprobado por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en 2015, «con el fin de facilitar la implantación de empresas y crear empleo con criterios de sostenibilidad y respecto al medio ambiente para dinamizar la economía de la provincia de Soria y de Castilla y León», especifica a través de un comunicado consejería de Fomento y Medio Ambiente. «Con esta sentencia el Tribunal Supremo respalda este proyecto de parque empresarial promovido por la Junta, y pone fin a un largo proceso judicial, validando la corrección de todas las actuaciones desarrolladas por el Gobierno regional, que ya fue validado en 2017 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, también ante recurso interpuesto por la asociación ecologista ASDEN. La Junta de Castilla y León siempre lo ha considerado como un polo de desarrollo económico y social».

Con esta sentencia del Tribunal Supremo se pone fin a un largo proceso judicial, validando la corrección de todas las actuaciones desarrolladas por la Junta de Castilla y León en ejecución del Decreto 18/2015 que aprobó el Parque Empresarial del Medio Ambiente.

A pesar de las dificultades económicas en las que estamos inmersos, consecuencia de la crisis de la covid-19, la Junta está convencida de que las magníficas infraestructuras de las que dispone el PEMA, unidas a su vocación innovadora y ambiental, permitirán ubicar muchos de los proyectos que Soria y, por ende, Castilla y León necesitan para su desarrollo».

Desde la Diputación

Benito Serrano, el presidente de la Diputación Provincial de Soria, considera que «cualquiera que hubiese leído la sentencia anterior del TSJCYL no habría recurrido porque ya quedaba más que claro que el decreto del PEMA se ajusta a la legalidad, ahora hay que asumir la responsabilidad por parte de ASDEN y los años perdidos y las oportunidades perdidas que han sido muchas y que ahora tenemos que tratar de recuperar, y no es fácil. Se ha hecho mucho daño a la sociedad soriana con esta paralización.

El daño es incalculable, por suerte nosotros hemos seguido trabajando con el proyecto del parque aéreo y en los próximos días tendremos novedades positivas pero habríamos corrido más si ASDEN hubiera retirado el decreto como le pedimos, incluso les ofrecimos una cúpula para ellos para destinarla a interpretación de la naturaleza. Han tensado mucho la cuerda y han hecho un flaco favor a Soria».

Desde el Ayuntamiento

Por su parte María José Jiménez, alcaldesa de Garray, apunta que «al igual que ellos han pedido mi dimisión y mi cabeza muchas veces y la habrían pedido si la sentencia hubiera fallado a su favor, yo también pido que se depuren responsabilidad por haber tenido parado un polígono industrial durante 13 años en los juzgados sin motivo».

Desde los ecologistas

Desde ASDEN indican que «los abogados están estudiando la sentencia y cuando creamos conveniente emitiremos un comunicado, mientras tanto no vamos a hacer ninguna valoración».

Un poco de historia

El 3 de junio de 2017 se conocía que Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL había desestimado el recurso de la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (ASDEN) contra el decreto de la Junta por el que se aprobó el proyecto regional Parque Empresarial del Medio Ambiente en Garray, que venía a sustituir a la Ciudad del Medio Ambiente, tumbada judicialmente. Tras el revés de la CMA, el gobierno regional se vio obligado a replantear el proyecto y apostar por el parque empresarial, que tampoco convenció a ASDEN.

El órgano judicial con sede en Burgos dio entonces la razón al Ejecutivo Autonómico, muy satisfecho con la decisión, y se la quitó a los ecologistas al concluir «que tanto el decreto como el proyecto son conformes a derecho. El proyecto regional justifica la alternativa elegida con argumentos lógicos, razonables y comprensibles desde unos criterios de política social y económica, sino que además en la Memoria Vinculante se ha justificado el interés general que el presente proyecto tiene para la Comunidad».

La Sala argumentó hace tres años también que «resulta evidente que la aprobación del presente proyecto responde a unos fines legítimos, dentro de los que claramente se comprende la finalidad de revitalizar la provincia de Soria y sobre todo su capital y su entorno, tratando también por esta vía de evitar la sucesiva despoblación de una zona ya muy despoblada. El proyecto es un instrumento más que utiliza la administración para generar riqueza en la provincia de Soria, en un contexto de despoblación y escasez de recursos».

La asociación verde decidió recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo pese a que el TSJ dijo en 2017 que ASDEN no justificaba que el suelo donde se ubica el PEMA siga manteniendo la clasificación de suelo rústico protegido y que, al contrario, la administración había acreditado que no puede considerarse como rústico protegido ya que pasó a ser suelo urbano consolidado como consecuencia de la gestión urbanística realizada en el mismo en ejecución del antiguo proyecto regional Ciudad del Medio Ambiente.

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