La Diputación «desmonta» el 'no' de Bankia al crédito para Segovia 21
Un informe de la Corporación esgrime que el aval aprobado en pleno esta semana «no es una ayuda pública», como argumentó el banco
César Blanco Elipe
Sábado, 30 de enero 2016, 16:23
Un informe de seis folios elaborado por los servicios jurídicos de la Diputación de Segovia matiza los motivos que llevaron a Bankia a echarse atrás en la operación de préstamo que pretendía evitar el proceso concursal para la sociedad Segovia 21. Para el presidente de la Corporación provincial, los tres puntos en los que se divide el documento «desmonta» las argumentaciones escuetas facilitadas por la entidad financiera para abortar el acuerdo al que habían llegado tras varias semanas de negociaciones. Ese pacto fue ratificado por el pleno celebrado el martes.
La documentación a la que ha tenido acceso este sábado El Norte de Castilla fue remitida por la institución provincial al banco este miércoles. Los tiempos son importantes para entender el estupor de los responsables de la institución provincial y de la sociedad Verae, administradora de los intereses de la sociedad que ahora se ve abocada al concurso de acreedores. Antes, a las 7:33 horas de ese mismo día, un correo electrónico de Bankia dirigido a la Corporación segoviana sembraba el desconcierto. Después de las largas y arduas negociaciones para alcanzar el deseado acuerdo y evitar la tutela judicial para Segovia 21, el banco se amparaba en «dificultades jurídicas» para justificar el abandono de la operación.
La asesoría de la entidad financiera que preside José Ignacio Goirigolzarri cuestionaba tres aspectos que rebatieron casi de inmediato los servicios jurídicos y de hacienda de la Corporación. Por un lado, Bankia aludía a que el informe previo enviado por el interventor de la institución provincial «no recogía diferentes extremos de la normativa de Haciendas Locales y de Estabilidad Presupuestaria».
Discrepancias sobre la participación
Asimismo, en un segundo epígrafe de la discrepancia con lo acordado con la Diputación, Bankia hace ver que la participación en Segovia 21 no es del 95,44%, sino del 79,10%, «en función de cómo se considere la propiedad de la autocartera». Una situación que tiene su implicación deducida del articulado de la Ley Reguladora de Haciendas Locales del 5 de maro de 2004.
Y por último, el banco llama la atención sobre el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación a la comunicación de la comunión de directrices sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas que no tienen carácter financiero. Es decir, Bankia niega el préstamo a la sociedad participada mayoritariamente por la Diputación de Segovia porque existe un riesgo importante de incurrir en una ilegalidad. Máxime, cuando el banco nacionalizado hace suyos los parámetros de la Unión Europea y los aplica en el más estricto de los sentidos al considerar que Segovia 21 posee «una viabilidad comprometida».
A juicio de Bankia, la Corporación provincial debería haber notificado a la Unión Europea los pormenores de la operación y haber obtenido el consiguiente visto bueno para ejecutarla. Algo que, según fuentes de la entidad, no se produjo.
Así pues, a menos de un día de que acabara el plazo estipulado en el proceso de preconcurso de acreedores en el que la empresa semipública estaba inmersa desde septiembre, el banco decidía echarse atrás. No concederá el préstamo de 1,8 millones de euros a la sociedad, por lo que tampoco acepta el aval comprometido por la Diputación. Ello obligó al equipo de gobierno a mover ficha con un contrainforme enviado a Bankia.
Una institución saneada
El mismo miércoles, la intervención de la Corporación que preside Francisco Vázquez rebatía a Bankia los puntos de desencuentro. Por una parte, ese documento hace ver a la entidad financiera que la institución dispone de solvencia económica y que la operación diseñada para evitar el proceso concursal entra dentro de la «legalidad». «La ratio de endeudamiento de la Corporación en relación con sus recursos por operaciones corrientes actualmente se encuentra en el 39,26%, porcentaje muy alejado del 75% que exige el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para solicitar autorización al órgano de tutela para endeudarse», esgrime la respuesta a Bankia.
También incide en la exigencia de garantías a Segovia 21 a favor de la Diputación ante «eventuales impagos de los vencimientos del préstamo que le habría de otorgar Bankia». El propio Francisco Vázquez ha querido recordar que las condiciones del aval aprobadas esta misma semana establecían la liberación de las cargas hipotecarias de cinco parcelas de suelo empresarial del complejo Segovia 21, que garantizan un crédito de 442.000 euros (que garantizarán ahora los dos bloques de viviendas construidos) y que están valoradas en 1,06 millones de euros. Como contrapartida la Diputación garantiza las obligaciones del aval con el derecho de crédito de la deuda que tiene la promotora del hotel, Pesares Segovianos SL, con Segovia 21, por valor de 961.025 euros, que la sociedad participada entrega en prenda, y con la constitución de un derecho real de hipoteca sobre las cinco parcelas citadas hasta que se cancele el préstamo.
Para apuntalar el aseo de las cuentas, recuerda a la entidad financiera que el diciembre «pudo comprobar los requisitos de legalidad, estabilidad y solvencia» cuando presentó una operación de crédito a largo plazo con Bankia por valor de 2,06 millones de euros.
Socio, no actor público
El informe de la Diputación expone que «al menos es discutible» la consideración que hace la entidad financiera cuando sitúa en el 79,14% la participación de la Corporación segoviana en la sociedad. En este sentido, mantiene que la institución posee el 95,44%, ya que las acciones en autocartera solo pueden asignarse a los únicos dos socios que conforman la propiedad de Segovia 21, que son la propia Diputación con esa porción mayoritaria, y el resto en posesión de la Cámara de Comercio.
En lo que respecta al artículo 107 del tratado europeo de funcionamiento, la documentación remitida a Bankia argumenta que «la exigencia de garantías supone que la concesión del aval no pueda ser considerada como ayuda pública». De esta manera, los servicios de la Diputación «desmontan» uno de los estiletes de la negativa del banco a dar vía libre al préstamo, como dijo el presidente provincial. A este respecto sobre la necesidad de informar o no a la Unión Europea de la operación y de contar con su permiso, la Diputación explica que «una ayuda es una transferencia de recursos sin contrapartida alguna, además de suponer una ventaja económica especial para la empresa».
La institución provincial asegura que «esto no se produce en este caso». Tal y como reza el informe, Segovia 21 no hubiera sacado un beneficio pecuniario, amén del «gravamen sobre los bienes de la sociedad». Con todo ello, el informe ahonda en que la operación «no tiene incidencia sobre la competencia», como deducía el banco al articular el argumento de la irregularidad con las directrices europeas en la concesión de ayudas públicas.