Grave crisis en el Perú
Tribuna ·
«Parece, pues, tener razón el Congreso cuando ha entendido que Vizcarra ha incurrido en la infracción de disolución inconstitucional del Congreso prevista en el art. 117 de la Constitución»José Luis Martínez López-Muñiz
Jueves, 24 de octubre 2019, 07:35
El ingeniero Vizcarra, presidente del Perú en sustitución, en aplicación de la Constitución, del que cesó en marzo de 2018, Pedro Pablo Kuczynski, en realidad ... nunca fue elegido por el pueblo peruano como tal en sentido estricto, pues únicamente acompañó a la candidatura de éste de Peruanos por el Kambio (PPK) en las elecciones de 2016 como primer vicepresidente.
Al encontrarse con un Congreso, elegido también en 2016, mayoritariamente adverso, entró desde el principio en un creciente proceso de enfrentamiento con él, en el que ambos contendientes no han reparado en medios para desacreditarse, aunque, a la verdad, el presidente, apoyado por la izquierda y un entramado de medios de comunicación más relevantes con muchos contratos con el Gobierno –y seguramente también gracias a diversos errores e inapropiadas actuaciones de algunos de sus oponentes, ha logrado generar la general persuasión de que la mayoría del pueblo rechaza ahora a la mayoría del Congreso que ese mismo pueblo eligió hace sólo poco más de tres años. Y sobre esa presunción –respaldada, al parecer, incluso por algunos sondeos de opinión, Vizcarra se ha empeñado desde hace unos meses en reformar la Constitución para que el mandato del Congreso actual –y el suyo propio– se acortara un año y pudiera haber nuevas elecciones al final de la primavera de 2020. Pero, claro, esa reforma había de aprobarse primero por el propio Congreso y someterse luego a referéndum nacional. Hace unos pocos días el Congreso –como, por lo demás, no era difícil esperar– ha rechazado el Proyecto, con lo que esa vía de acabar cuanto antes con tan molesto Congreso quedó cerrada.
Estaba entretanto en marcha en el Congreso, ya iniciado en 2018, el procedimiento para renovar el Tribunal Constitucional, pues ya tocaba. Los hechos se precipitaron porque el tiempo del mandato de seis de los actuales magistrados había concluido en el mes de junio pasado. La Cámara había ultimado los trámites establecidos y convocó la reunión pertinente para su selección y designación para el 30 de septiembre. No tuvo tiempo sino de seleccionar y designar a uno de ellos, suspendiendo la actuación para su continuación en principio el 1 de octubre.
Desde el Ejecutivo se ha acusado al Congreso de querer componer un Tribunal Constitucional a su medida. Pero es claro que el art. 201 de la Constitución le atribuye el poder de nombrar a sus magistrados si logra aunar la voluntad de dos tercios del número legal de sus miembros. Si son 130 congresistas, se requiere el voto favorable de 87. El elegido el 30 de septiembre ha obtenido 88 votos favorables según informa 'La Ley' por Internet.
El mismo día 30 el Congreso hubo de dar respuesta a la cuestión de confianza que fue planteada por Del Solar, presidente del Consejo de Ministros del presidente Vizcarra, vinculada a la aprobación de un Proyecto de Ley de modificación del procedimiento para la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, que habría de aplicarse, desde su entrada en vigencia, incluso a los procedimientos en curso para dicha elección. El Congreso, a las cinco y media de la tarde, votó el mismo día 30 otorgar la confianza cuestionada.
Prevé la Constitución peruana (art. 134) que el presidente de la República disuelva el Congreso si éste niega su confianza a dos de sus Consejos de Ministros. Y Vizcarra entendía que si se denegaba ahora la cuestión de confianza sería la segunda vez y por lo tanto anunció que procedería en tal caso a la disolución del Congreso. Pero llegó a más: dijo que si se continuaba tramitando la designación de magistrados lo entendería como denegación de la cuestión de confianza y disolvería el Congreso. Es lo que ha hecho, en efecto, sin esperar a que el Congreso se pronunciara el mismo día sobre la cuestión de confianza, que ya hemos dicho ha sido además otorgada. Mas parece evidente que, si la cuestión se vinculaba a la aprobación de la nueva regulación del procedimiento de elección de magistrados, esta aprobación, aun cuando hubiera podido producirse instantáneamente el mismo 30 de septiembre, no podría entrar en vigencia sin su sanción presidencial y su publicación, nada de lo cual era posible a la vez. Nada impedía, pues, al Congreso, ni le impide mientras tal Ley no entre en vigor, seguir designando magistrados del Constitucional, sin que ello pudiera confundirse con la denegación de la confianza solicitada para la aprobación de esa Ley.
Parece, pues, tener razón el Congreso cuando ha entendido que Vizcarra ha incurrido en la infracción de disolución inconstitucional del Congreso prevista en el art. 117 de la Constitución, lo que le ha llevado a suspenderle en sus funciones conforme al art. 114, haciendo entrar temporalmente en su lugar a la Vicepresidenta.
¿Se ha salido Vizcarra con la suya cuando vemos que el Ejército se ha mantenido a su lado y hay manifestaciones callejeras que le apoyan? ¿Puede admitirse tal ataque a la representación popular de la nación en el Congreso? Lo cierto es que se ha colocado irresponsablemente al Perú al borde del abismo. Veremos si el Tribunal Constitucional puede contribuir a la solución, si no se recupera el más mínimo sentido común y de Estado. Por el momento, la vicepresidenta Araoz, en un gesto indudable de apaciguamiento y de buscar el regreso al entendimiento, al finalizar el día 1 ha presentado su dimisión ante la imposibilidad práctica –ha dicho- de ejercer la Presidencia, urgiendo a la celebración efectiva de las elecciones convocadas para enero.
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