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Otra sentencia del TSJ, la tercera, anula el catálogo de puestos de la Junta

Otra sentencia del TSJ, la tercera, anula el catálogo de puestos de la Junta

Los magistrados fallan a favor de la CGT y, al igual que en caso de los recursos de los letrados y los técnicos de salud laboral, estiman que se tramitó incorrectamente y carece de documentación

S. Escribano

Jueves, 17 de enero 2019, 15:17

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Tercera sentencia contraria al catálogo de puestos tipo para personal funcionario de la Junta aprobado por el Gobierno autonómico. En este caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León da la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) en el recurso que interpuso pidiendo la anulación de este catálogo, sobre el que se ha elaborado después la Relación de Puestos de Trabajos (RPT) que estructura las plantillas de las consejerías y también el concurso de traslados abierto y permanente actualmente en marcha.

Los argumentos de este tercer fallo coinciden con los reflejados en las dos sentencias anteriores de procesos promovidos por un grupo de letrados de la propia administración autonómica y otro de técnicos de higiene y salud laboral. La magistrada ponente estima que el catálogo de puestos, aprobado en por un acuerdo de los consejeros de la Junta de Castilla y León, debería haberse tramitado mediante una disposición de mayor rango. Ello no atiende a una mera cuestión formal, puesto que este tipo de tramitación implica la elaboración de informes y la apertura de plazos de alegaciones.

La magistrada refleja también que más allá de esa cuestión, a la vista del expediente facilitado por la Junta de Castilla y León, «tiene razón la parte recurrente cuando sostiene que el acuerdo impugnado carece de cualquier documentación técnica que justifique las decisiones que se adopta en el acuerdo impugnado». La sentencia emplea el término «arbitrariedad» y recoge textualmente que «la falta de justificación de cómo se ha llevado a cabo esa reducción de 700 tipos de puestos de trabajo exitentes a 81 puesto tipo, sin trabajos preparatorios, estudios, informes y alegaciones de las consejerías, afectadas todas ellas por la nueva ordenación de personal funcionario, evidencia que no ha habido ejercicio de la potestad discrecional de organización de personal, sino arbitrariedad».

El consejero de la Presidencia y vicepresidente de la Junta, José Antonio de Santiago-Juárez, avanzó a principios de semana que la Junta iba a recurrir ante el Supremo para evitar que los fallos anteriores fueran firmes y el catálogo quedará definitivamente anulado y, en paralelo, trabajan ya en la tramitación del mismo a través de un decreto.

De Santiago-Juárez explicó que el contenido no variará y defendió que las sentencias del TSJ no afectan a las nuevas relaciones de puestos de trabajo ni tampoco al concurso de traslados, que se han diseñado con el catálogo que es objeto de estas sentencias.

El TSJ vuelve a imponer las costas del proceso a la Junta de Castilla y León en una sentencia sobre la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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