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TRIBUNALES

Un juzgado emite la primera sentencia de Valladolid contra la cláusula suelo de una hipoteca

Anula la condición del contrato que exige que «el tipo de interés nunca podrá ser inferior al 2,75%»

M. J. PASCUAL

Martes, 22 de abril 2014, 13:59

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La cláusula suelo es «un elemento esencial» en el contrato de la hipoteca de la vivienda porque fija el tipo de interés pero, en lugar de estar en un sitio bien visible del texto, se esconde en la segunda página del documento «y detrás de unospárrafos de extremadamente farragosa lectura para un consumidor medio, lo que obviamente genera una menor atención y comprensión». Esto es lo que dice en su argumentación el magistrado juez Nicolás Gómez Santos, titular del Juzgado de Primera Instancia número 7, el primero de Valladolid que estima una demanda de un particular contra una entidad financiera por las cláusulas suelo, al considerar que el contrato hipotecario suscrito incorpora condiciones «abusivas» que «desequilibran los derechos y obligaciones de las partes».

El fallo estima la demanda presentada en enero pasado por Roberto Camarero Antolín contra Banco de Caja España e Inversiones, Salamanca y Soria SAU (Banco Ceiss) y anula la cláusula suelo del contrato hipotecario suscrito el 20 de mayo de 2004, que establece que «el tipo de interés resultante nunca podrá ser inferior al 2,75%».

Falta de transparencia

La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Valladolid en un plazo de 20 días desde su notificación, condena a la entidad demandada a «estar y pasar por esta declaración», es decir, a suprimir tal condición del contrato con sus clientes. Además, impone a la entidad bancaria el pago de las costas judiciales.

Según Antonio Villarrubia González, letrado del demandante, «la falta de transparencia que rodea a la cláusula suelo en el contrato es la base de la demanda y lo que ha tenido en cuenta la sentencia». respecto de la posibilidad de que Ceiss recurra, el joven abogado consideró «poco probable» que la Audiencia Provincial revoque la sentencia de instancia «porque no tiene opción: sería ir en contra de la jurisprudencia del Supremo y del Tribunal Europeo». Es el primer caso de estas características que Villarrubia González lleva en Valladolid, aunque en Palencia están sobre la mesa de su despacho una veintena de casos. Alguno de ellos ya ha sido sentenciado a favor de su cliente por la Audiencia provincial palentina, un fallo al que el magistrado vallisoletano también hace referencia en su propia sentencia.

El juez no solo contempla, para estimar la pretensión del demandante, que la cláusula suelo está «enmascarada» en el documento contractual, «pospuesta a la hoja segunda del contrato y ubicada tras un farragoso párrafo, lo que es claro que no supera el control de transparencia», sino también que no se le ofreciera ni un folleto informativo previo y tampoco se le realizó una oferta vinculante ni una simulación de la variabilidad de los tipos.

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