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Economía

Deniegan a un hijo de Ruiz Mateos 31.000 euros por el ERE de empresa Hibramer

El magistrado asegura que un informe de la Inspección acredita que no ha prestado servicios en la factoría de Aldeamayor

J. MORENO

Domingo, 15 de julio 2012, 14:42

El magistrado de lo Mercantil número 1 de Valladolid ha rechazado en una sentencia la pretensión de uno de los hijos del empresario José María Ruiz Mateos, de acogerse al Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la empresa de huevos Hibramer S. A., que fue declarada en concurso de acreedores tras la suspensión de pagos presentada el pasado año por falta de financiación. El concurso de la empresa, con sede en Aldeamayor de San Martín, se produjo el 30 de marzo del 2011 y afectó a 74 empleados.

Javier Ruiz Mateos figuraba dado de alta en la relación de la plantilla de la empresa Hibramer, según consta en las actuaciones de los administradores concursales, que se han opuesto en el procedimiento a que el juez le reconociese el pago de 30.999 euros con cargo al crédito laboral.

El vástago de Ruiz Mateos presentó una impugnación de la lista de acreedores por su exclusión por parte de la administración concursal, y para ello aportó las nóminas de la empresa correspondientes a seis meses, a razón de 5.000 euros mensuales, entre marzo y agosto del 2011. Tras la celebración del juicio civil el pasado 7 de junio en Valladolid, el magistrado Javier Escarda ha dictado una sentencia en la que desestima íntegramente la demanda de Javier Ruiz Mateos por considerar que de ampararse se estaría cometiendo «fraude de ley».

En su resolución, el juez se apoya en las pruebas documentales y testificales presentadas, entre ellas un informe de la Inspección de Trabajo donde se dice que el hijo de Ruiz Mateos «nunca ha sido trabajador de Hibramer sino administrador de hecho» de la sociedad comercializadora de huevos.

«Lo cierto es que el informe de la Inspección de Trabajo ha sido enormemente ilustrativo en cuanto a que don Javier Ruiz Mateos no ha prestado servicios como titulado superior en el centro de trabajo de la carretera de Segovia 4, pese a lo que recoge su contrato, no existiendo lugar de trabajo en dicho centro para el mismo, lo que corroboró en el juicio un testigo que es letrado de Hibramer», señala la sentencia del titular de lo Mercantil 1.

La administración concursal rechazó el pago de lo 31.000 euros por entender que el hijo del empresario gaditano «es administrador de hecho con control efectivo sobre Hibramer, siendo junto a sus hermanos y padre los que administraban el grupo de empresa denominado Nueva Rumasa».

En otras empresas

En ese sentido, el fallo del juez vallisoletano recuerda que un informe de la Inspección de Madrid señala que el reclamante además de encontrarse de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de Hibramer, también ha sido dado de alta y baja durante días en otras empresas de la familia Ruiz Mateos (Zoilo Ruiz Mateos S. L.; Marqués del Campo Nuble S. L.; y Bodegas Marqués de Olivara S. L.).

Aunque el juez no niega las nóminas aportadas y en alta en la Seguridad Social del empresario, sí que recuerda que ni siquiera se han concretado cuáles eran las funciones que desempeñaba, ni de quién recibía las órdenes.

Al respecto mantiene que para demostrar una relación laboral es necesario aportar pruebas de ajeneidad y dependencia jerárquica.

En el procedimiento figura un correo electrónico de Hibramer para que se incrementase la nómina de Javier Ruiz Mateos («sin razón que lo justifique»), tendente a obtener mejores prestaciones tanto por despido como por desempleo. La sentencia añade además que la Audiencia Nacional instruye diligencias contra el demandante por estafa y contra la Hacienda Pública.

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