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Estas son las enfermedades por las que te puedes quedar sin carné de conducirLas personas que padezcan alguna de las 35 patologías recogidas en el listado de la DGT deberán presentar un informe médico favorable para poder renovar el permiso o sacárselo por primera vez
Si tienes pensado sacarte el carné de conducir o te toca renovar el permiso, debes saber que tu estado de salud es más determinante que ... nunca. La Dirección General de Tráfico (DGT) impide desde este año coger el volante a los conductores que padezcan una serie de enfermedades relativamente comunes... aunque hayan pasado las pruebas del psicotécnico previas. Las personas que padezcan alguna de las 35 patologías recogidas en el listado de la DGT deberán presentar un informe médico favorable en el centro donde se hacen los reconocimientos porque, de lo contrario, no podrán tramitar la expedición o renovación del carné de conducir.
«Es más, los conductores que circulen sin esa aprobación no solo se enfrentan a una multa de hasta 6.000 euros sino que el seguro del vehículo tampoco los cubre en caso de accidente», advierte Javier Bosch, consejero delegado de la aseguradora online Cleverea. Estas son algunas de las enfermedades que te pueden dejar sin tocar el volante.
Problemas auditivos
Las personas que sufren una disminución de la agudeza auditiva (hipoacusia) de más del 45% de pérdida entre los dos oídos no podrán conducir, ni sacarse el carné, ni tampoco renovarlo.
Agudeza visual
La vista es el sentido más importante a la hora de circular. De hecho, el 90% de la información que recibimos cuando vamos al volante nos entra por los ojos. Aunque es verdad que la mitad de los conductores españoles sufre algún problema en la vista (miopía, astigmatismo, presbicia...), para poder conducir es necesario tener una agudeza visual del 0,5 como mínimo (con lentes correctoras si es necesario).
Además, si el conductor se ha sometido a algún tipo de intervención en los ojos, deberá esperar al menos un mes para volver a coger el coche. Y no solo eso. «Es necesario que solicite al oftalmólogo que le ha operado un informe favorable para poder obtener o prorrogar el permiso de conducir durante un año. Pasado ese tiempo, debe volver al psicotécnico con el informe médico para actualizar el estado de su vista», precisan en Cleverea.
Sistema renal
Las personas sometidas a procesos de diálisis también necesitan un informe favorable de su nefrólogo para poder salir a la carretera, mientras que los conductores trasplantados de riñón, además de la aprobación de su médico, deberán esperar seis meses como mínimo para volver a conducir, siempre y cuando, eso sí, no se registren complicaciones derivadas de la intervención durante ese tiempo.
Enfermedades endocrinas
La más común es la diabetes. En este caso, las personas en tratamiento con insulina no solo tienen que acreditar el adecuado control de la enfermedad (por ejemplo, no se pueden registrar cuadros repetidos de hipoglucemias con pérdida de conciencia en los doce meses anteriores), sino que el periodo de vigencia del permiso es diferente al general: de cuatro años como máximo.
Enfermedades de la sangre
En este punto se incluyen todas las patologías hematológicas como la anemia, puesto que puede ocasionar en el conductor mareos, taquicardia, cansancio, somnolencia... incluso pérdida del conocimiento. En los casos leves no hay mayor problema puesto que no afecta a la conducción, pero «en los más graves será un médico el que determine el tiempo que esa persona va a estar sin poder conducir».
Sistema respiratorio
Una de las enfermedades respiratorias que más pueden afectar a la conducción es el síndrome de apnea del sueño, por lo que los conductores que padecen esta patología también necesitan el visto bueno de un especialista para obtener o prorrogar el permiso de conducir. En su caso, por un periodo de vigencia máximo de dos años.
Sistema nervioso
En este apartado, la DGT incluye patologías como la epilepsia, alteraciones del equilibrio, problemas neuromusculares y cerebrovasculares que puedan ocasionar en el conductor «una pérdida o disminución grave de las funciones motoras, episodios sincopales (pérdida del conocimiento), temblores o espasmos que imposibiliten mantener el control del vehículo». Por este motivo, estos conductores también necesitarán un informe del especialista y podrán tener el carné por un máximo de cinco años.
Trastornos mentales
En este caso será el médico el que determine si la persona afectada por la enfermedad mental o de conducta (demencia, esquizofrenia, trastorno de personalidad delirium...) puede ponerse al volante sin poner en peligro su vida o la de los demás. El periodo habitual de vigencia del permiso de conducir es de un año.
Enfermedad cardiovascular
Tanto si le han implantado un marcapasos o un desfibrilador automático al conductor como si ha sufrido un episodio de insuficiencia cardiaca o arritmias necesita siempre un informe favorable del cardiólogo para conducir de nuevo.
En caso de accidente, ¿me cubre el seguro?
Los expertos recuerdan que si un conductor con un seguro a todo riesgo sufre un accidente «mientras se encuentra bajo tratamiento médico, afectado por alguna de las patologías que acabamos de mencionar, sin permiso médico para volver a conducir o bajo los efectos de algún fármaco incompatible con la conducción, el seguro no cubrirá los gastos del conductor o las reparaciones de su propio coche. Ahora bien, la responsabilidad civil a terceros está siempre garantizada. Y esto, ¿qué significa? Que la aseguradora del vehículo que ha causado el accidente cubrirá los gastos materiales y personales del otro vehículo implicado, pero luego podría reclamar judicialmente al asegurado el reembolso de los gastos si se demuestra que el siniestro se produjo por una causa excluida. En este caso, no tener permiso por padecer alguna de las 35 patologías recogidas por la DGT. También podría reclamar los intereses y las costas judiciales», precisan en Cleverea.
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