Javier Urra sobre la denuncia en el Lourdes: «Hay que escuchar a las partes sin prejuzgar»
Tribunales ·
Si la Fiscalía ve indicios de delito en la «conducta inapropiada» que se atribuye al profesor apartado, el asunto pasará a un juzgado ordinario, no de menores¿Qué ocurre cuando hay menores salpicados por un asunto judicial? En estos momentos, la Fiscalía de Valladolid está a la espera del resultado de ... la última diligencia ordenada para esclarecer lo ocurrido en el colegio Lourdes, a propósito de la carta remitida recientemente por la dirección del centro a los padres de alumnos informando de que se había separado de sus funciones a un profesor de matemáticas por «conducta inapropiada», sin desvelar si se trata de maltrato, vejaciones o algún tipo de incidente de contenido sexual (abusos en el antiguo Código Penal, actuales agresiones sexuales) con el alumnado.
El asunto, en el caso de que el ministerio público aprecie indicios de delito por parte del profesor, será remitido a un juzgado de instrucción para que abra diligencias previas. Es decir, será tramitado en la juridicción ordinaria puesto que el investigado es mayor de edad y las menores que habrían denunciado esta conducta «inapropiada» por parte del docente serían víctimas o, en su caso, testigos. Solo en el caso de que ellas hubieran incurrido en algún tipo de delito intervendría la jurisdicción de menores, explica el magistrado juez de vigilancia penitenciaria y de menores Florencio Marcos.
Protección de la infancia
En el caso de que sea admitida a trámite la resolución de la Fiscalía, el juez de instrucción abrirá las diligencias y comenzará a tomar declaración. En estas citaciones puede 'explorar' a las menores implicadas en el caso, es decir, interrogarlas en el argot judicial. La Ley establece que los menores han de declarar en presencia de quién ejerza su patria potestad o tutela, generalmente los padres, excepto que en el proceso la persona que lo represente sea también una parte del procedimiento. Esta declaración tiene que realizarse siempre ante el representante del ministerio fiscal puesto que, como recuerda el psicólogo y ex Defensor del Menor, Javier Urra, «la Fiscalía tiene encomendada, además de la reforma, la protección de la infancia».
Urra, que ha trabajado durante 32 años con la Fiscalía, cree que, en este caso, la dirección del colegio vallisoletano «ha obrado muy bien, notificando la conducta inapropiada a los padres, sin detallar ni dar más explicaciones, y poniendo el asunto en manos del ministerio público. La Fiscalía va a ir hasta el final y se determinará si hay causa».
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El psicólogo considera que en este momento de la investigación hay que abordar el asunto «con tranquilidad, serenidad, escuchar a las partes y continuar hasta el fondo, sin ocultar nada, pero también sin prejuzgar».
Según la Convención Internacional de Derechos del Niño, el menor tiene derecho a ser oído por un juez en asuntos que le conciernen, sin límite mínimo de edad, siempre que sea capaz de formarse un juicio propio. Es el juez el que tiene que valorar y justificar si decide rechazar la declaración de un menor por falta de juicio. En el caso del colegio Lourdes, las alumnas que habrían avisado de la «conducta inapropiada» del profesor cursan Primero de la ESO y tienen entre 12 y 13 años de edad.
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