La Fiscalía investiga a dos alumnos del Peñalba mayores de 14 años por presunto acoso
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La denuncia presentada por un padre por hostigamiento a él y a sus hijos se archiva contra los otros ocho escolares involucrados en los incidentes porque son inimputablesLa Fiscalía mantiene abiertas las diligencias de investigación sobre el comportamiento de dos alumnos del Colegio Peñalba de Simancas denunciados el pasado mes de enero ... por supuesto acoso reiterado a un padre con discapacidad y sus dos hijos. Sin embargo, ha archivado el asunto respecto de los otros ocho escolares también involucrados en los incidentes denunciados por F. C. A., ya que estos chicos son inimputables al no alcanzar la edad penal de 14 años.
Por este motivo, la Fiscalía de Menores no puede plantear ninguna acusación contra los infractores más pequeños que habrían participado en el hostigamiento ni proponer medidas de reforma, aunque el expediente sobre ellos se remitirá a Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León. Ellos no tienen responsabilidad penal, pero los padres o tutores podrían hacer frente a una sanción monetaria patrimonial.
El ministerio público sí puede instruir expediente judicial contra los otros dos alumnos mayores de 14 años, en el caso de que se considere que los hechos que protagonizaron fueron graves y que ellos no admitan su responsabilidad. Entonces, el fiscal, tras un interrogatorio, trasladará las diligencias al Juzgado de Menores para que abra el trámite de audiencia. Los abogados presentarán sus alegaciones y la propuesta de pruebas y el juez decidirá si se archiva el asunto o si se celebra una vista. Es esta audiencia donde los menores deberán manifestar si se declaran o no autores de los hechos y si se conforman o no con la medida solicitada por el fiscal. Después, el juez de menores dictará sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Valladolid.
Al tratarse de menores de 18 años, en el caso de ser considerados autores de la infracción, responderán solidariamente los padres, tutores y guardadores legales o de hecho por los daños y perjuicios causados.
Medidas
Las medidas previstas en la ley de menores contemplan desde el alejamiento o prohibición de comunicarse con la víctima hasta, en los casos más graves, el internamiento en el centro regional Zambrana en régimen cerrado o semiabierto de hasta dos años. Esta pena es ampliable en función de la gravedad, de dos a cinco años. La medida más común es la prestación de servicios en beneficio de la comunidad (hasta cien horas, ampliables a doscientas), aunque también se le puede imponer la libertad vigilada (seguimiento y reglas de conducta) de hasta dos años ampliables. Siempre en función de la tipología y gravedad del caso, al menor se le puede privar de libertad con permanencias de fin de semana en un centro o en el domicilio (hasta ocho fines de semana, aunque se puede ampliar a dieciséis).
Ley del Menor
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Artículo 3 El artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, que regula la responsabilidad penal de los menores, indica que si el autor de los hechos es menor de 14 años no se le exigirá responsabilidad con arreglo a esta Ley, sino que se remitirá a la entidad pública de protección de menores (la Junta de Castilla y León) «testimonio de los particulares que considere precisos respecto del menor, a fin de que valore su situación». Es la Junta la que «habrá de promover las medidas de proteccion adecuadas a las circunstancias del menor» conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero.
F. C. A. llegó a presentar y ratificar hasta tres denuncias por la campaña de acoso que tanto él como sus hijos, de 10 y 12 años, sufrían desde hace tiempo por parte de este grupo de escolares, todos identificados, pues algunos de ellos eran compañeros de clase del mayor y otros de cursos superiores. La primera fue el 12 de diciembre de 2022, la segunda al día siguiente y la última el lunes, 30 de enero. En todas ellas refiere distintos episodios sufridos y cuyo origen atribuye al hecho de que el denunciante sufra una discapacidad del 80% que le obliga a moverse en silla de ruedas y que se tradujeron en las burlas a las que se vio sometido al acudir al centro escolar a recoger a sus hijos y de las que estaban también siendo víctimas.
La situación, que fue puesta en manos de la Policía Nacional y del Juzgado de Menores, fue comunicada igualmente a los responsables del centro educativo, sin que la dirección adoptara medidas inmediatamente, según censuró en su día el progenitor denunciante. El director del Colegio Peñalba, Juan Domenech, ha insistido en que en el centro «no se ha evidenciado una situación de acoso» y que si se detectan estos casos «aplicamos los protocolos establecidos y los cumplimos». Por «respeto a todos los menores del colegio», subrayó, declinó hacer declaraciones respecto de la denuncia contra dos de los alumnos que investiga la Fiscalía de Menores.
Zancadilla
«¡Puto minusválido, puto viejo...!» son algunos de los insultos proferidos por esos escolares del Peñalba cuando el hombre acudía a recoger a sus hijos, el menor de 5º de Primaria y el mayor de 1º de la ESO, según consta en las denuncias presentadas. Además, el más pequeño, dado que tiene que andar con calzado especial, también era blanco de las mofas y le espetaban que era igual de «minusválido» que su padre. El hermano mayor, tal y como se recoge en la tercera de las denuncias, fue objeto de una agresión al salir del colegio en dirección a la parada de autobús, momento en el que, según su padre, se hizo daño en una mano al caer al suelo tras ser zancadilleado, al tiempo que recibía patadas en la mochila y el ordenador que llevaba dentro resultó dañado.
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