La Audiencia descarta la estafa en el cobro de una minuta de 172.000 euros por un abogado de Valladolid
Los jueces no ven «suficiente engaño porque se realizaron los servicios», y remiten al cliente a la vía civil para reclamar
La Audiencia Provincial de Valladolid ha archivado la querella que por estafa interpuso un cliente de Peñafiel contra su abogado, al que imputó un delito de estafa y falsedad documental cometido durante el procedimiento de un divorcio y la disolución del régimen de gananciales. La denuncia había sido archivada el pasado mes de marzo por el juez de Instrucción número 2 de la capital, y se confirma ahora por la Sección Segunda.
En la querella, los nuevos abogados del cliente sostuvieron que el letrado J. L. C. «a lo largo de los procedimientos entablados nunca concretó, ni habló de honorarios con mi representado, pese a los insistentes requerimientos» del cliente.
«Tampoco mencionó los costes que las acciones podrían suponer, instándole en todo momento a litigar contra su exesposa sin darle importancia a los costes que tales acciones pudieran acarrear al querellante», decía la querella.
El denunciante, G. S. P., cuestionó los 172.000 euros del importe de la minuta que le reclamaba el letrado, por una liquidación de gananciales durante un divorcio ocurrido en 2013.
La cuantía del procedimiento, en el que se incluía una casa tasada por el catastro en 148.000 euros, se fijó 1.360.487 euros, una suma que se consideró «totalmente desproporcionada cuando lo que se repartía, y la exesposa debía de abonar al marido, eran 175.000 euros», según el querellante.
La existencia de un presunto engaño del letrado se basaba en 1,3 millones de la cuantía que se utilizó como base para elaborar la minuta, y que no fue impugnada por el letrado defensor del exmarido.
Sin embargo, para la Audiencia de Valladolid el no haber concretado el importe de los honorarios previamente con el cliente, resulta insuficiente para considerar la existencia de una estafa, «dado que los servicios fueron contratados y la asistencia jurídica en los procedimientos se prestó».
Los magistrados dirigen la posible reclamación del cliente por una minuta indebida o excesiva a la vía civil.
En el auto se recuerda que el cliente G. S. P. suscribió un documento en el que encargó, en febrero del 2014, su defensa al abogado J. L. C. «sin que se aprecie en dicho documento indicios sobre alteración de firma ni de simulación».
Tampoco resulta verosímil, dice la Audiencia, «que el querellante se viera obligado a firmar hojas en blanco bajo la presión o amenaza de no seguir su representación (...) habiendo admitido que firmó de forma voluntaria un contrato de prestación de servicios sin un presupuesto detallado».
Actuación profesional
Pese a que no está demostrado suficientemente que el abogado pudo actuar bajo el ánimo de engañar a su cliente, los jueces sí que añaden en el auto que «otra cuestión distinta es si la actuación profesional del letrado no fue adecuada en relación con la cuantía en orden a impugnar la que fijaba la parte contraria y que se fijase en indeterminada, lo que supuso una elevación de las costas».
Por ello, concluyen, que es la vía civil la recomendada para reclamar mediante la Jura de Cuentas, procedimiento que se realiza en los juzgados de Primera Instancia, si las minutas de los abogados son indebidas o excesivas.
El auto de archivo de la Audiencia ya ha sido trasladado al Colegio de Abogados de Valladolid, que abrió un expediente informativo sobre la queja del cliente.
«Esta querella no tenía fundamento», dice el letrado
El letrado afectado por esta querella de presunto delito de estafa y falsedad documental, que presentó un cliente suyo, se mostró ayer tranquilo por el archivo de la Audiencia Provincial.
«Esta querella no tenía ningún fundamento. A mi nunca me citó a declarar el juez instructor, ni siquiera me he personado pese a que los abogados de la parte contraria trasladaron el tema al Colegio y a otros juzgados», señala J. C. L.
En este sentido, los magistrados de la Audiencia niegan que se haya vulnerado el derecho a la tutela judicial del cliente al no haberse practicado diligencias, ni tomado declaración por parte del juez de Instrucción número 2.
El cuestionamiento de la minuta de los 172.000 euros por las diversas intervenciones del letrado será a partir de ahora resuelto por los juzgados de Primera Instancia 3, que ejecutó la sentencia derivada de la liquidación de gananciales, y de Primera Instancia 2 y 11, por la nulidad de un contrato de compraventa del inmueble situado en la calle La Pedraja 24 de Peñafiel.
Fue en el primer procedimiento cuando se fijó en 1.360.487 euros la cuantía de la demanda (por la que aplicaría luego la minuta). La tasación de costas por estos tres procedimientos fue inicialmente de 158.188 euros.
Los tres juzgados habían paralizado antes del verano el cobro de la minuta en tanto la Audiencia Provincial resolviera la querella.
Ahora, las letradas de la Administración de Justicia han reactivado la llamada Jura de Cuentas. Es aquí donde el cliente podrá cuestionar los importes de las minutas y alegar si los mismos estaban ajustados a las normas del Colegio de Abogados de Valladolid.
El defensor, que lleva más de 30 años de ejercicio profesional, indicó que «no es habitual que haga una hoja de encargo a todos los clientes que entran por mi despacho, puesto que la relación con los mismos se apoya en la mutua confianza, y muchos de ellos vienen por referencias de amigos o familiares. Pero en este caso lo hice, ya que no le conocía de nada, y eso ha sido determinante», sostiene.