Estas son las multas que pueden poner al copiloto
Aunque a menudo sea algo desconocido, también se contemplan sanciones para los ocupantes del vehículo que no se encuentran al volante
El copiloto puede ser una ayuda para la seguridad o todo lo contrario, porque ante determinadas actitudes o posturas, se puede enfrentar a multas importantes si se compromete la seguridad propia y de los demás.
El Reglamento General de Circulación expresa que «el conductor está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
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Por ello, la persona al volante debe mantener siempre una posición adecuada para conducir y también garantizar que la mantengan todos los pasajeros.
¿Qué acciones del copiloto pueden ser sancionables?
Tal y como apuntan en el blog 'Motor Mapfre', «el copiloto y el resto de ocupantes del vehículo pueden ser sancionados en determinados supuestos»:
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1
Generar distracciones al volante: Es sancionable cualquier acción que pueda representar un peligro para la seguridad vial. Por ejemplo, besarse con el conductor o discutir fuertemente con el mismo. Esto podría derivar en sanciones que pueden ir desde los 100 hasta los 500 euros en función de la gravedad. Si, además, este tipo de acciones pueden provocar una conducción temeraria, se aplicaría la máxima sanción para este supuesto: 500 euros de multa y pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir para el conductor.
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2
No llevar el cinturón de seguridad: Todos los pasajeros de un vehículo deben llevar el cinturón de seguridad correctamente mientras se circula. No usarlo o llevarlo de forma incorrecta podría suponer, además de un grave riesgo, una sanción de 200 euros que se agrava con 4 puntos del carnet de conducir si se trata del conductor.
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3
Mantener una posición incorrecta: Mantener los pies sobre el salpicadero es un riesgo muy grave en caso de impacto o frenada brusca, y también podría generar el 'efecto submarino', al impedir el funcionamiento adecuado del cinturón de seguridad. Esto podría derivar en una sanción de entre 80 y 100 euros.
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4
Arrojar objetos por la ventana: Se trata de un acto que, además de incívico y contaminante, puede ocasionar accidentes y se castiga con 500 euros. En caso de tratarse del conductor, a esto se le añade la pérdida de 6 puntos. Además, si el objeto arrojado es una colilla, existe un claro riesgo de incendio, lo que podría repercutir en penas de prisión.
¿A partir de qué edad puede sentarse un niño delante?
Desde la DGT especifican que los niños y niñas pueden ocupar el asiento del copiloto con una altura igual o superior a 1,35 metros de altura.
Sin embargo, podrán ocupar los asientos delanteros cuando el vehículo no disponga de asientos traseros, cuando todos los asientos traseros ya estén ocupados por menores de iguales características o cuando no sea posible instalar en los asientos posteriores todos los sistemas de retención infantil.