Alba de Tormes y Peñaranda de Bracamonte tendrán que cerrar mañana el interior de su hostelería
Villamayor no consigue salir de la lista y continuará una semana más en dicha situación de la que sí salen Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina
REDACCIÓN / WORD
Salamanca
Lunes, 10 de mayo 2021, 12:38
Según informa la Junta de Castilla y León, tres municipios de la provincia de Salamanca tendrán desde mañana cerrado el interior de la hostelería. Uno de ellos, Villamayor, continúa en una semana más en la situación en la que entró hace siete días. Y a él se suman las localidades de Alba de Tormes, que incluso alcanzó la nueva normalidad días atrás, y de Peñaranda de Bracamonte, al tener una incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a los 150 casos por 100.000 habitantes, al situarse en 232,29 y 178,54 casos, respectivamente, a fecha de ayer, día 9.
Por otro lado, los tres municipios salmantinos que abandonan mañana esta situación y podrán volver a abrir el interior de la hostelería son Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina.
En Castilla y León, la actualización aprobada hoy alcanza a 29 términos municipales: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Aranda de Duero, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte y Villamayor (Salamanca); Segovia, Carbonero el Mayor, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Ágreda (Soria); Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).
El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00:00 horas de mañana, 11 de mayo, siendo actualizado cada siete días.
Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:
Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.