Las principales novedades en la Declaración de la Renta 2021
Beatriz Hernández del Campo, delegada de Valladolid del Colegio de Gestores Administrativos, aconseja que si alguien tiene dudas o necesita más información sobre las ventajas entre tributación conjunta o individual «no dude en consultar a un gestor administrativo»
Viernes, 20 de mayo 2022, 00:32
Beatriz Hernández del Campo, delegada de Valladolid del Colegio de Gestores Administrativos, explica las novedades para la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de este año, cuya campaña dio comienzo el pasado 6 de abril para presentar la declaración de forma 'online' a través de la web de la AEAT. Desde el 5 de mayo se puede presentar por vía telefónica, «algo que desde el Colegio desaconsejamos», y desde el 1 de junio de forma presencial hasta el día 30 de ese mes. «No obstante, si efectúa domiciliación bancaria, el plazo termina el 27 de junio», apunta Beatriz Hernández del Campo.
Hay que recordar que no todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración de la renta; depende de los ingresos anuales y del número de pagadores de donde provienen esos ingresos.
Pero ¿quiénes están obligados a presentarla?
–Los trabajadores que hayan cobrado 22.000 euros anuales o más.
–Quien tenga más de un pagador en el ejercicio 2021. De esta manera, el límite se reduce a 14.000 euros anuales, si el importe percibido por el segundo y los restantes pagadores supera los 1.500 euros.
–Las personas que están en ERE y ERTE deberán presentar la declaración, al ser considerado otro pagador al margen de su empresa.
–Quienes hayan vendido acciones u otros productos financieros.
–Los que hayan vendido un inmueble en el 2021 o lo tengan alquilado.
–Los que hayan recibido subvenciones o ayudas.
–Los que tengan ganancias y pérdidas patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, por encima de 1.600 euros anuales.
–Aquellos contribuyentes que tuvieran el derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional y la deducción pro cuenta ahorro-empresa.
Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Castilla y León, año tras año, «recomendamos que se revise el borrador porque Hacienda no se hace responsable. Hacer la declaración sin toda la información en su poder, para contrastarla, significa en la práctica, perder dinero y dolores de cabeza, además de la pedida de las posibles deducciones. Así, el primer consejo que trasladamos los Gestores Administrativos es no precipitarse a la hora de presentar la Declaración de la Renta y, si tiene dudas de que la información no esté en orden, acudir a nuestros despachos, confiando siempre en un gestor administrativo colegiado», añade Hernández del Campo.
Novedades
En la Declaración de la Renta del 2021, que tenemos que presentar este año, se han incluido las siguientes novedades:
CAPÍTULO EXENCIONES. RENTAS EXENTAS
Están exentas de tributación las ayudas concedidas por fallecimiento o incapacidad permanente derivadas del temporal de nieve Filomena, y las derivadas de los daños personales del volcán de La Palma.
DEDUCCIONES POR OBRAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
Existen tres nuevas deducciones en las viviendas de los contribuyentes:
–Una deducción del 40%, con un máximo de 7.500 euros, de las cantidades pagadas en obras para reducir un 30% el consumo de energía primario no renovable o para mejorar la calificación energética al grado A ó B.
–Una deducción para las comunidades del 50%, con un límite de 15.000 euros cuando se realicen obras para la reducción en un 30% del consumo de energía primaria no renovable o para la mejora de eficiencia energética al nivel A ó B.
EN LOS RENDIMIENTOS DE CAPITAL INMOBILIARIO
Uno de los cambios es que se reduce en el ejercicio de 2021 de 6 a 3 meses el plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro.
Y aquellos arrendadores que no sean grandes tenedores, que tengan arrendado un local a profesionales o empresarios que hayan acordado de manera voluntaria una reducción de los alquileres de enero a marzo-2021, pueden computar como gasto deducible la cuantía de la rebaja.
PLANES DE PENSIONES Y OTRAS APORTACIONES
Cambios en las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. En los planes de pensiones, para el ejercicio 2021 se ha reducido de 8.000 euros a 2.000 euros la cantidad máxima a deducir por planes de pensiones privados.
Se baja de 2.500 a 1.000 euros las cantidades deducibles por aportaciones a planes de pensiones de los que sea participe, mutualista o titular, el cónyuge.
NUEVOS TRAMOS EN EL IRPF
Hay un nuevo tramo del IRPF de nada más y nada menos que del 47% de tributación para todas las rentas a partir de 300.00 euros anuales. «Es decir que usted trabajará de enero a junio gratis para pagar a Hacienda. Y no importa si los ingresos obtenidos son fruto de su esfuerzo, conocimientos u horas trabajadas. Todo un despropósito. Una presión fiscal insoportable», apunta Beatriz Hernández del Campo.
Los tramos del IRPF para las rentas de trabajo quedan de la siguiente manera:
–Primer tramo: hasta 12.450 euros, al 19 %.
–Segundo tramo: de 12.450 hasta 20.200 euros, al 24%.
–Tercer tramo: de 20.200 hasta 35.200 euros, al 30%.
–Cuarto tramo: de 35.200 euros hasta 60.000 euros, al 37%
–Quinto tramo: de 60.000 euros hasta 300.000 euros, al 45%
–Sexto tramo: rentas superiores a 300.00 euros, al 47%.
Según el Colegio de Gestores Administrativos, «la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es la más injusta y desproporcionada de nuestro sistema impositivo, pues no cumple con los principios tributarios especificados en el artículo 31 de la CE, que deben inspirarse de acuerdo con la capacidad económica, de igualdad y progresividad y que en ningún caso tendrán alcance confiscatorio».
INGRESO MÍNIMO VITAL
«Nuevamente, Hacienda vuelve a castigar a las familias con menos recursos, imponiéndolas la obligación de presentar la Declaración de la Renta, tanto a los beneficiarios como a los miembro de su unidad de convivencia, que han cobrado el ingreso mínimo vital».
NUEVA CASILLA
Hacienda, «cuya voracidad no acaba nunca», este año ha colocado una nueva casilla en la declaración, la 1626, destinada a la declaración de las monedas virtuale, las criptomonedas. La compra de criptomonedas no tributa en el IRPF, ahora bien, su intercambio por otra distinta, a cambio de un bien o por un derecho (permuta de bienes), así como su venta a cambio de euros, sí genera una ganancia o pérdida patrimonial, para el vendedor. Las ganancias obtenidas constituyen la base del ahorro, que tributan en la escala siguiente:
–El 19% los primeros 6.000 euros obtenidos.
–El 21% el exceso hasta 50.000 euros.
–El 23% el exceso de 50.000 euros.
«Si sigue teniendo dudas –continúa Beatriz Hernández del Campo– o necesita más información sobre las ventajas entre tributación conjunta o individual, o la que más le conviene, no dude en consultar a un gestor administrativo», concluye.
COLEGIO OFICIAL DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE CASTILLA Y LEÓN
Dirección: Plaza de España, 13, 47001 Valladolid.
Teléfono: 983 304 352
Web: http://gestorescastillayleon.org
*Cuenta además con sedes en las provincias de Burgos, Palencia, León, Salamanca, Soria y Zamora