Pensiones sin brecha
«Es razonable que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones proceda a un análisis detenido de la última sentencia del TJUE antes trasponer su contenido en forma de iniciativa legislativa. Pero no puede dilatarse en sus obligaciones»
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a requerir a España una normativa menos discriminatoria hacia los hombres respecto a las mujeres en cuanto al suplemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género. Las mujeres son las cuidadoras principales de los hijos a cargo, y tal situación afecta no solo a su desarrollo profesional y a sus expectativas salariales. Se percibe finalmente en las pensiones. Las reformas aplicadas sucesivamente a partir de 2016 lograron corregir ese perjuicio de género. Pero el hecho de que con ello se dificultaba la realización de un derecho análogo a los hombres por el tiempo dedicado a los cuidados que acompañen a una paternidad ejercida en circunstancias equiparables podría eternizar la diatriba jurídica y judicial. Sin descartar la demagogia que acompaña todo cuestionamiento de las medidas de igualdad de género como si fuesen en sí mismas sospechosas de discriminación. Es razonable que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones proceda a un análisis detenido de la última sentencia del TJUE antes trasponer su contenido en forma de iniciativa legislativa. Pero no puede dilatarse en sus obligaciones.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.