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Yolanda Díaz, ministra de Trabajo EFE

El Gobierno prohíbe despedir mientras dure la crisis del coronavirus

El Gobierno impide también la extinción de los contratos temporales, que se suspenderán, para reanudarse más adelante

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Viernes, 27 de marzo 2020, 16:11

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El Consejo de Ministros ha aprobado la prohibición de despedir mientras dure la crisis del coronavirus. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha afirmado que la medida será de aplicación desde este viernes, por lo que no tendrá efecto retroactivo. En particular, Díaz ha expuesto que siempre que haya causas económicas, de producción, técnicas u organizativas o por causa de fuerza mayor (en este caso, la fuerza mayor es el impacto del coronavirus y, también, las medidas puestas en marcha para su contención), estará prohibido despedir. Ello implica que el despido objetivo con el argumento subyacente del coronavirus queda prohibido.

«No se puede aprovechar el COVID-19 para despedir», ha asegurado la ministra de Trabajo. Ello, porque, ha argumentado, el Gobierno ya ha diseñado una alternativa a disposición de las empresas, los expedientes de regulación temporal de empleo, los ERTE por causa de fuerza mayor, que se tramitan en un plazo máximo de cinco días. Con estos instrumentos, ha señalado Díaz, «no es necesario despedir a nadie».

Si es posible acogerse a un ERTE por la crisis, no será legítimo aplicar despidos. Además, Díaz ha defendido que el empleo de los ERTE favorece que la crisis sea sólo un paréntesis para la actividad económica del país.

Fuentes de Trabajo aclaran que ello significa que estos despidos que se efectúen en la crisis, como mínimo, serán improcedentes y sujetos a una indemnización de 33 días por año, frente a los 20 de un despido objetivo. También podrían llegar a ser decretados nulos. Dependerá del juez y del caso.

En el paquete social aprobado este viernes por el Gobierno también se incluye que no se puedan extinguir los contratos temporales. Éstos se interrumpirán durante la crisis, pero para reanudarse más adelante, alargando, en la práctica, su duración. En particular, los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, se mantendrán vigentes hasta que concluya la crisis sanitaria.

Estas dos medidas enlazan con las reivindicaciones que los sindicatos CC OO y UGT trasladaron al Gobierno a principios de esta semana y que presentaron en rueda de prensa. Demandaron la prohibición de despedir o el endurecimiento del despido, porque auguraban un millón de despidos durante este mes de marzo, tres cuartas partes de los cuales afectarían, según sus cálculos, a contratos temporales. Los sindicatos se quejaron de que los expedientes de regulación temporal de empleo no habían cumplido su cometido de evitar los despidos de trabajadores y urgieron al Ejecutivo a que diera una vuelta de tuerca al paquete de medidas sociales anti-crisis.

En tercer lugar, el Gobierno ha decidido esta mañana la simplificación de los ERTE, en particular en cuanto al procedimiento que han de seguir las empresas para solicitarlo: bastará con rellenar y enviar un formulario sencillo y de forma automática se activará la presunción legal de desempleo de los trabajadores. Al tiempo, Díaz ha afirmado que se va a empezar a reconocer las prestaciones de desempleo asociadas a los ERTE, que alcanzan incluso a los trabajadores que no han acumulado los derechos suficientes para acceder a ellas, y que no consumen tiempo de paro: el contador vuelve a cero tras el ERTE. La tramitación de los ERTE va a ser muy rápida para que las prestaciones puedan cobrarse rápidamente también, ha asegurado la ministra, el próximo 10 de abril. La fecha de inicio de la prestación de desempleo coincidirá con el momento de suspensión del contrato o con la fecha comunicada por la empresa.

Aunque también Yolanda Díaz ha advertido de que se van a revisar de oficio todos los ERTE que se están aprobando estos días. La Inspección de Trabajo tendrá un papel activo en el control de estos procedimientos y velará por la comprobación de las causas alegadas, reservando sanciones y devoluciones las cuantías percibidas por las empresas en caso de incumplimiento: el empresario podrá ser sancionado si se detecta la falta de necesidad de un ERTE. Díaz ha afirmado que las empresas que hayan incurrido en fraude tendrán que devolver todo el dinero recibido, incluyéndose el de las prestaciones de paro que hayan recibido los trabajadores.

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