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ZAMORA

Una sentencia del TSJ anula el nombramiento de médico de Salud Laboral del hospital

El Tribunal Superior de Justicia obliga a Sacyl a una convocatoria pública para cubrir la plaza

A. G.

Martes, 19 de mayo 2009, 02:45

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado nulo el nombramiento de médico de Salud Laboral de Atención Especializada y condena a la Gerencia a a hacer una convocatoria pública para cubrir la plaza. El TSJ da así la razón al sindicato UGT, que presentó la demanda contra este nombramiento, y desestima el recurso presentado por Sacyl contra la sentencia en el mismo sentido, dictada en septiembre del año pasado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zamora.

El nombramiento se produjo hace ahora dos años, después de que la Gerencia de Atención Especializada hubiera intentado cubrir la plaza cuando el médico de Salud Laboral estaba de baja. Para ello se hicieron convocatorias públicas, pero los aspirantes rechazaron el trabajo «porque los contratos era muy exiguos», como explica Jerónimo Cantuche, secretario de la federación de servicios públicos (FSP) de UGT. Posteriormente, cuando la plaza quedó vacante por jubilación del titular, ésta se cubrió de forma directa y sin la existencia de una convocatoria pública.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de diez días; de no presentarse, el fallo será firme.

Se da la circunstancia de que Sacyl ha convocado oposiciones de ámbito regional que afectan, entre otras, a esta plaza. El sindicato UGT solicitará que no contabilice la puntuación por antigüedad para la persona que ha ocupado «ilegalmente este puesto» si se presenta a las oposiciones.

Esta es la segunda resolución judicial contra nombramientos en el Hospital de Zamora que se da a conocer en menos de una semana. El pasado miércoles se hizo pública la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo por la que se anula el nombramiento, también sin convocatoria pública, del jefe de Radiología.

Pluses a enfermeras

A estas resoluciones contra de la Gerencia de Atención Especializada se suma otra del Juzgado de lo Contencioso por la que se le condena por suprimir el complemento de turnicidad a dos enfermeras del servicio de Oncología del Hospital Provincial. Este complemento se estableció cuando se amplió el horario para completar la asistencia a los pacientes. La sentencia obliga a la dirección del centro a consolidar el pago de esos pluses y a pagar a las trabajadoras los atrasos correspondientes a las cantidades que no se les ingresaron desde abril del 2008.

Los representantes sindicales de FSP-UGT critican los incumplimientos del gerente en materia laboral, tal como demuestran las numerosas sentencias, y consideran que debe dimitir. Entretanto, reclaman que sea escrupuloso con la norma laboral.

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