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El Norte
Dos años de cárcel para un montador de cocinas que cobró y no atendió los pedidos

Dos años de cárcel para un montador de cocinas que cobró y no atendió los pedidos

el Supremo inadmite el recurso del condenado y por ello da firmeza al fallo condenatorio de la Audiencia de Valladolid, que consideró al recurrente autor de un delito continuado de estafa

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Domingo, 6 de agosto 2017, 13:11

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El Tribunal Supremo ha dado firmeza a la sentencia que condenó a dos años de cárcel al que fuera propietario de un establecimiento de cocinas de Medina del Campo, G.C.S, frente a los tres que pedía el fiscal y los cuatro que solicitaba la acusación particular, por cobrar anticipos a catorce clientes por importe global superior a los 43.000 euros y no entregar los pedidos. En su sentencia, el Supremo inadmite el recurso del condenado y por ello da firmeza al fallo condenatorio de la Audiencia de Valladolid, que consideró al recurrente autor de un delito continuado de estafa y, junto a la citada pena privativa de libertad, le impuso en concepto de responsabilidad civil la obligación de indemnizar a catorce de los veinte denunciantes –al resto les remite a la vía civil– en la cantidad de 43.600 euros, más los intereses correspondientes, según informa Europa Press.

La Audiencia de Valladolid entendió que el acusado, «aparentando una solvencia empresarial de la que carecía –la empresa empezó con problemas económicos en 2014– y vulnerando el principio de confianza en el tráfico mercantil y la buena fe negocial» continuó formalizando contratos por la instalación de cocinas hasta incluso días antes del cierre de la mercantil, en mayo de 2015, a sabiendas de que no iba a poder afrontar los pedidos.

En el caso de su esposa, N.M.B, el tribunal acordó su absolución al «no constar suficientemente acreditado que tuviera un carácter relevante en el seno de aludida mercantil, más allá de atender el local en que estaba ubicada la misma efectuando labores de limpieza o contestar las llamadas telefónicas que en él se recibían, cuando su marido y coacusado se encontraba ausente».

El condenado atribuyó lo ocurrido a la mala situación por la que atravesaba la mercantil y explicó que no había podido resarcir a los afectados por tener sus cuentas bloqueadas.

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