Borrar
Consulta la portada del periódico en papel
El asesino de Olga Sangrador, a la salida de la cárcel. / M. Cieza
La Audiencia impide al asesino Valentín Tejero acercarse a Villalón
VALLADOLID

La Audiencia impide al asesino Valentín Tejero acercarse a Villalón

Desestimado el recurso que pretendía anular la pena de no aproximación al pueblo natal de su víctima, Olga Sangrador

EL NORTE

Lunes, 30 de diciembre 2013, 15:50

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Valladolid ha desestimado el recurso de súplica presentado por la defensa del Juan Manuel Valentín Tejero, condenado en 1992 por el asesinato de la niña Olga Sangrador, que pretendía anular la pena de no aproximación a la localidad de Villalón de Campos.

«En su día, la Sección 2ª de la Audiencia Provincial, en fase de Ejecución de Sentencia, acordó el cumplimiento de la pena de no aproximación a la localidad de Villalón de Campos, impuesta en sentencia firme a Valentín Tejero. Tal pena se hizo efectiva a partir de la fecha de su puesta en libertad. Contra esta resolución, se interpuso recurso de súplica, por parte de la defensa de Valentín Tejero. Esta Sección 2ª desestima el recurso de súplica al entender que las sentencias deben ser ejecutadas al tenor literal de las mismas. La sentencia firme imponía la pena de no aproximación a partir de su puesta en libertad, por lo que el Tribunal ha hecho una interpretación literal, en el sentido de que la pena se hace efectiuva a partir del día en que fue puesto en libertad, y no a partir de la fecha en que debió haber sido puesto en libertad. Contra esta resolución no cabe recurso ordinario», explica literalmente la resolución de la Audiencia de Valladolid.

En su recurso, Valentín Tejero, que el pasado 27 de noviembre recuperó la libertad tras tumbar el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la doctrina Parot, que fijaba su licenciamiento en julio de 2025, plantea que la prohibición de acercarse a Villalón por espacio de seis años que le impuso la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, junto con 50 años de cárcel por el rapto, violación y asesinato de la pequeña Olga Sangrador, empiece a computarse no desde su reciente excarcelación sino desde el 12 de abril de 2012, fecha en la que tenía que haberse licenciado en el caso de que no se le hubiera aplicado la normativa ahora derogada.

La Sección 2ª, en resolución de este lunes, desestima el recurso de súplica.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios