Los vecinos de Cuéllar podrán intervenir al final de los plenos ordinarios municipales
El Ayuntamiento prepara un reglamento de participación ciudadana que incluye las iniciativas populares, que podrán dar lugar a consultas no vinculantes
mónica rico
Cuéllar
Domingo, 8 de diciembre 2019, 12:53
La futura aprobación del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Cuéllar va a traer consigo una novedad que atañe directamente al desarrollo de los plenos. El texto, que se encuentra en periodo de exposición, contempla la posibilidad de que los vecinos puedan intervenir en las sesiones plenarias para exponer su postura sobre un asunto de interés en el municipio.
El nuevo documento regula los cauces de participación de los cuellaranos, pero también su derecho a la información, el de petición, el de presentar una iniciativa popular, a través del cual se podría realizar una consulta no vinculante, el de intervención en los plenos, un registro de asociaciones municipales y entidades ciudadanas o la creación de consejos sectoriales, entre otras cuestiones.
La intención es facilitar la participación de la ciudadanía en la vida cultural, económica, política y social, para lo cual se ha elaborado el reglamento, que pretende «conformar un modelo más representativo y democrático para Cuéllar, donde la ciudadanía sea copartícipe en la gestión municipal» y así contribuir a consolidar una cultura de consulta y diálogo «que facilite la convivencia, la tolerancia, los valores democráticos y la preocupación por el bien común». Todos los medios de participación regulados en este texto tendrán carácter consultivo.
Uno de los derechos que se regula es el de participación, de forma que todas las personas y asociaciones ciudadanas «tienen derecho a intervenir en la gestión de los asuntos públicos utilizando los órganos y canales de participación establecidos». Asimismo, se regula el derecho a la información, ya que «para una efectiva participación, es imprescindible la existencia y divulgación de una buena y extendida información, transparente, objetiva y de calidad». Los vecinos deberán realizar una solicitud de información por escrito o a través de la sede electrónica, identificándose y delimitando de forma clara y precisa los datos que se quieren consultar. Las peticiones, salvo circunstancias justificadas, deberán ser contestadas en el plazo máximo de un mes.
El reglamento también recoge el derecho de formalizar peticiones o solicitudes a los órganos de gobierno municipal sobre cualquier asunto o materia de la competencia de estos, siempre preservando el derecho a la confidencialidad conforme a la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal. Estas peticiones, quejas y sugerencias deberán ser formuladas por escrito y entregadas en el registro municipal o por sede electrónica, y de ellas se dará cuenta a la junta de portavoces. El Ayuntamiento comunicará su admisión dentro de los diez días hábiles siguientes a su recepción, y las medidas a tomar o resolución del caso, en un plazo máximo de tres meses, salvo que hubiera sido declarada inadmisible.
Mayores de 16 años
El nuevo documento también incluye un apartado sobre el derecho de iniciativa popular y ciudadana, que podrán ejercer las personas mayores de 16 años empadronadas en el municipio. A través de este cauce se podrán presentar propuestas de acuerdos, actuaciones o proyectos de reglamentos en materia de competencia municipal. Una vez vista la legalidad de la iniciativa, el Ayuntamiento someterá el tema a información pública durante el plazo de un mes, tras el cual pasará a debatirse y votarse en el pleno, sin perjuicio de que sean resueltas por el órgano competente en la materia. En caso de aprobación, se hará pública la forma y el calendario en que se llevará a cabo y se destinará la partida económica correspondiente, en caso de ser necesaria.
También gracias al reglamento, los vecinos tendrán derecho de intervención en los plenos municipales, aunque solo en las convocatorias ordinarias. Será a la conclusión de cada sesión cuando se establecerá un turno de ruegos y preguntas con la participación del público asistente. Estas serán contestadas por escrito en el plazo máximo de 30 días, salvo que sea posible responder de forma inmediata. Quienes deseen intervenir deberán solicitarlo por escrito, con una antelación mínima de siete días hábiles a la celebración del pleno. En el escrito se debe presentar de forma breve el asunto a tratar y se citará la persona que ntervendrá en la exposición.
Cuando las asociaciones o entidades deseen hacer una exposición sobre un tema incluido en el orden del día de la convocatoria del pleno ordinario, deberán solicitarlo por escrito 48 horas antes del comienzo de la sesión. Siempre que sea de competencia del pleno, se podrá solicitar la incorporación de una proposición en el orden del día de la siguiente sesión ordinaria. Tendrá que hacerse a través del consejo sectorial competente, con el apoyo de dos tercios de los componentes, y presentada en el registro diez días antes de la celebración de la sesión.
En el registro
Estas asociaciones municipales y entidades ciudadanas deberán estar incluidas en el registro municipal, que también se regula en el nuevo reglamento. En el mismo se reconoce la importancia de la organización social, a través de plataformas y colectivos ciudadanos no inscritos en el registro municipal, como entidades que se crean de forma temporal sobre temas determinadas. La concejala Montserrat Sanz puso como ejemplos actuales las plataformas en Defensa del Río Cega y Por un Teatro-Auditorio en Cuéllar. Para estas iniciativas sociales se creará un censo en la Secretaría, a través de la Concejalía de Participación Ciudadana.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.