El Procurador del Común critica la «inactividad sancionadora» de Segovia ante el exceso de ruido
El defensor autonómico reclama al Ayuntamiento «medidas urgentes» como reforzar la presencia de la Policía Local
No es la primera queja por ruido que recibe el Procurador del Común por parte de residentes en Segovia. Ya se han emitido varias resoluciones ... relacionadas con el malestar de los residentes por el sonido que desprende el sistema de climatización de la Casa Consistorial o por la organización de conciertos con un gran volumen en plena Plaza Mayor y hasta altas horas de la madrugada. Los afectados han vuelto a insistir, una vez más, en el problema. En esta ocasión, el descontento se debe a «la contaminación acústica sufrida por numerosos vecinos» del centro de la ciudad, según recoge el expediente elaborado por el defensor autonómico y publicado estos días.
«Está prohibido realizar cualquier actividad perturbadora del descanso ajeno en el interior de las viviendas, especialmente en horario nocturno, siempre que por su intensidad o persistencia provoque molestias a los vecinos que resulten inadmisibles». Bajo esa premisa se articula la Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones de Segovia, que fue aprobada en 2014, y de ella parte también la argumentación del Procurador del Común a la hora de indagar sobre el problema que ha protagonizado sendas quejas ciudadanas estos meses.
Los afectados por el ruido en Segovia trasladan al Ayuntamiento de la capital que es necesario adoptar medidas «urgentes» para evitar las molestias que se suceden fundamentalmente en el casco histórico. En este sentido, critican la «inactividad municipal» ante el exceso de ruido que tiene su origen en comportamientos incívicos, entre los que se enumeran las fiestas, juegos, el uso de instrumentos musicales o las acciones de cantar, vociferar, dar golpes, arrastrar muebles e, incluso, silbar. Según indica la queja, el órgano local no saca adelante los expedientes sancionadores y tan solo envía un escrito formal a las viviendas que han sido escenario de estas actitudes contrarias a la convivencia para advertir sobre las infracciones que han cometido sus huéspedes.
La falta de tramitación de las denuncias «genera desconfianza cívica e introduce inseguridad jurídica» a juicio del Procurador del Común
El defensor autonómico confirma esta «inactividad sancionadora» del Ayuntamiento, la cual ya ha sido objeto de otras resoluciones en el pasado. Es una parálisis que la propia entidad local atribuye a la no reiteración de los hechos denunciados y, en suma a ello, a la falta de medios personales en la sección correspondiente para tramitar las denuncias.
Así, el Procurador alerta sobre que esta situación llega a comprometer «la eficacia de la acción administrativa», lo que puede dar lugar a consecuencias graves. Al mismo tiempo que «genera desconfianza cívica», introduce «inseguridad jurídica y aleatoriedad, lo que repugna todo ideal de justicia, contradiciendo los principios de igualdad e interdicción de la arbitrariedad», esgrime.
La crítica que realiza el Procurador en este sentido es destacada, ya que considera que «no es adecuado» que la acreditación de una infracción tipificada como tal en la propia ordenanza suponga «únicamente un mero apercibimiento» a los causantes de las molestias. También hace referencia a la «sensación de impunidad» que puede transmitir la omisión de la labor sancionadora para ciertos infractores, como son los residentes no habituales de la ciudad, que ocasionan los ruidos.
Agilizar el proceso
El procedimiento que debe llevar a cabo el perjudicado ante esta situación puede llegar a ser engorroso. La normativa insiste en que el Consistorio debe intervenir de forma «obligada» a fin de comprobar si las denuncias presentadas son «fundadas» para posibilitar la constatación técnica y, en su caso, la interposición de una sanción. Esto supone que, tras la llamada que realiza un ciudadano a la Policía Local por ruidos, este debe acudir seguidamente a las instancias municipales para firmar la denuncia. Sin embargo, el defensor autonómico es partidario de eliminar este precepto en aras de agilizar la tramitación.
Los vecinos que han solicitado la mediación del Procurador del Común en un intento de poner solución a un conflicto recurrente en los últimos años en Segovia insisten en que las mediciones no deberían realizarse necesariamente a instancia de los interesados. Por este motivo, reclaman que los agentes policiales puedan actuar de oficio «en todos los casos, siempre que los niveles de ruido permitidos puedan estar siendo superados». El Ayuntamiento reconoce que, de acuerdo con lo previsto en la ordenanza, no es posible llevar a cabo esta operación.
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La resolución refrenda la petición vecinal en este sentido e, incluso, va más allá. No solo insta a los efectivos de la Policía Local a formular 'motu proprio' las denuncias que correspondan contra quienes perturban la tranquilidad, sino también reclama reforzar su presencia en la vía pública para evitar la comisión de estas conductas que afecten al derecho al descanso de los segovianos.
El defensor autonómico es consciente de las limitaciones que tiene la ordenanza a la hora de perseguir los actos incívicos por ruidos. Por ello, exige al Ayuntamiento que valore la puesta en marcha de los trámites correspondientes que permitan modificar el contenido de la ordenanza. El propósito primordial es suprimir tanto la mención a la resposabilidad objetiva de los propietarios de las viviendas en el supuesto de las molestias causadas por sus inquilinos como «la obligación de presentar una denuncia firmada por el vecino» tras la intervención policial.
Otra de las cuestiones destacadas es la recomendación que hace el Procurador al Consistorio para que efectúe labores de control sobre los dispositivos y alarmas instaladas en los establecimientos del recinto amurallado para garantizar el cumplimiento de los límites de los niveles acústicos apropiados.
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