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Atilano Soto, expresidente del consejo de administración de la tinta Caja Segovia, es uno de los encausados.

El juzgado sienta en el banquillo a seis exdirectivos de Caja Segovia

El auto acuerda la continuidad de las diligencias previas y la apertura de juicio oral, inspirado en el caso Novacaixagalicia

el norte

Martes, 7 de marzo 2017, 12:29

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 y de lo Mercantil de Segovia ha dictado un auto por el que acuerda la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado respecto de seis directivos de la desaparecida entidad Caja Segovia. Por lo tanto, el juzgado ha dispuesto mediante esta resolución la continuación del procedimiento hacia la siguiente fase procesal que es la apertura de juicio oral.

Los encausados son el que fuera presidente, Atilano Soto; el vicepresidente, Manuel Agudíez; Elena García, vicepresidenta segunda del cnsejo de administración; el director general, Manuel Escribano; Antonio Tapia, secretario general de la entidad, y Enrique Quintanilla, director de Recursos Humanos.

Los hechos que indiciariamente podrían tener relevancia penal por los presuntos delitos de administración desleal y apropiación indebida se hallan relatados en el fundamento jurídico primero de la resolución. En síntesis, seis directivos de Caja Segovia habrían diseñado en su exclusivo beneficio, siempre presuntamente y con absoluto respeto al derecho fundamental a la presunción de inocencia de los investigados, un plan de prejubilaciones con abuso de las funciones sociales que tenían encomendadas y en perjuicio de la entidad, por un importe superior a 17 millones de euros con cargo al ejercicio de 2010 y garantizado mediante la suscripción de pólizas de seguros con la compañía Caser.

Las diligencias «imprescindibles»

Por otra parte, en el auto se deniegan las diligencias de investigación solicitadas por la representación procesal de Fundación Caja Segovia, toda vez que la Audiencia Provincial de Segovia ha ordenado que sólo se practiquen aquellas diligencias de investigación que sean rigurosamente imprescindibles para determinar los hechos indiciariamente punibles y la determinación de sus autores, y las solicitadas no lo son.

Este auto se dicta en cumplimiento de lo ordenado por la Audiencia Provincial de Segovia el pasado 27 de enero, que revocó el sobreseimiento libre acordado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2. Dicho archivo, apoyado por la Fiscalía Provincial de Segovia, fue dictado antes de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo emitiera la sentencia (700/2016, de 9 de septiembre, recurso de casación núm. 41/2016) que enjuició las prejubilaciones de los directivos de Novacaixagalicia, resolución que ha sido principalmente tomada en consideración por la Audiencia Provincial de Segovia para revocar el sobreseimiento.

Contra este auto cabe interponer recurso de reforma ante el Juzgado en el plazo de tres días hábiles y o recurso de apelación (directa o subsidiaria) ante la Audiencia Provincial de Segovia en el plazo de cinco días hábiles.

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