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J. C. - leonoticias.com
Sábado, 6 de junio 2015, 12:20
Comenzó siendo una trabajadora temporal en prácticas de la empresa de Tecnología y Servicios Agrarios SA (Tragsatec) y ha terminado siendo reconocida como funcionaria de la Junta de Castilla y León adscrita a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.
En medio Patricia N.C. fue, según la sentencia, objeto de una "cesión ilegal de trabajadores" a la Junta donde tuvo despacho y se le suministró el material necesario para realizar diferentes tareas.
Ahora, y tras una demanda, se reconoce que en realidad esta ingeniero realizó tareas propias de un funcionario por lo que queda adscrita a este cuerpo con advertencia a la Junta de la ilegalidad de la acción realizada.
Fue en en 2007 cuando "a través de un primer contrato temporal en prácticas" Tecnología y Servicios Agrarios SA (Tragsatec) encargó a la referida trabajadora tareas de "comprobación y actualización de las referencias de los recintos acogidos a la AyudaForestación de Teirras Agrícolas de 2007", un objeto que se modificó en 2008.
La ahora funcionaria y entonces trabajadora de la empresa adjudicataria de servicios tuvo un segundo contrato vigente en 2009 para el mismo objeto y en 2012 otro más para el control y tramitación de ayudas en relación con el medio natural contempladas en los programas de Desarrollo Rural de Castilla y León para el periodo 2007-2013 y ampliado hasta el 2014.
El mismo trabajo y las mismas dependencias
Según consta en la sentencia y como hecho probado se certifica que la actora "desde el inicio de su relación laboral ha venido trabajando de lunes a viernes en jornada completa en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en León, bajo la dependencia jerárquica del jefe de servicio de Restauración de la Naturaleza, usando material de oficina y campo de la Junta, realizando idénticas labores que los demás trabajadores laborales de la misma categoría dependientes contratados por la Junta".
Además la demandante convocaba reuniones, despachaba con clientes de la Junta y usaba el material informático como un funcionario más hasta el punto que sus vacaciones eran coordinadas con el resto de funcionarios del mismo servicio por lo que la relación laboral con Tecnología y Servicios Agrarios SA (Tragsatec) se limitaba a que ésta le abonaba "el salario".
Todo ello lleva al juez a concluir que "a la vista de las declaraciones del propio jefe superior inmediato de la actora, ésta viene prestando servicios para la Junta demandada en las mismas condiciones que el resto de sus compañeros, siendo la empresa pública que la contrata una mera intermediaria de su verdadera relación laboral, limitándose a poner a disposición de la Junta trabajadores que prestan servicios para ésta".
Tragsa no es una empresa de trabajo temporal
"Lo anterior", según se recuerda en la sentencia,"es más grave teniendo en cuenta que Tragsa es, asimismo, una emprea pública que sin ser una empresa de trabajo temporal cede de forma ilegal mano de obra propiciando la discriminación entre unos trabajadores y otros que realizan exactamente las mismas tareas, prestan dentro del mismo ámbito de organización y control, los mismos servicios y obstaculizando, además, derechos fundamentales de acceso al empleo público de todos los ciudadanos".
De acuerdo a las pruebas y antecedentes el juez declara la "cesión ilegal de la trabajadora demandante de la empresa Tecnología y Servicios Agrarios SA (Tragsatec) a la Junta de Castilla y León y debo declarar y declaro que la actora debe ser considerada trabajadora indefinida de la Junta demandada, condenando a las demandadas a estar y pasar por tal declaración".
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