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Un auto judicial que fija una fianza de 24 millones para la Junta de Castilla y León, como persona jurídica, en el caso de ... la trama eólica, en el que figuran 17 encausados. Y un artículo del estatuto de autonomía, el 32, que dice que la Junta está exenta «de toda obligación de garantía o caución ante cualquier organismo administrativo o tribunal jurisdiccional».
El primer documento sirvió a Patricia Gómez Urbán, en su estreno como viceportavoz del Grupo Parlamentario Socialista, para atacar a la Junta por verse involucrada en este caso de corrupción. «Esto hará que los castellanos y leoneses tengamos que pagar 24 millones de euros de fianza. Deberían ser ustedes quienes los pagaran», espetó.
El segundo documento fue el argumento principal de Ángel Ibáñez, consejero de Presidencia, para explicar que no habrá que poner dinero por anticipado por la trama eólica.
A partir de aquí, las interpretaciones. Ibáñez se ciñó al artículo 32.2.f. «Esto va a pasar a la historia como una de las meteduras de pata más importantes que se han visto en las Cortes de Castilla y León», anunció. Y acusó a Gómez Urbán de «no haber leído siquiera»el estatuto de autonomía.
Pero los socialistas sí lo leyeron. Y aseguran que ese mismo artículo 32 ampara lo dicho por ellos. Se quedan con el 32.2, sin el apartado 'f'. «En el ejercicio de sus competencias, la Administración de la comunidad autónoma de Castilla y León gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre los que se comprenden...». Y aquí entra el matiz, aseguran. Porque esta fianza no se deriva del «ejercicio de sus competencias». «No es algo que derive de sus competencias la comisión de un delito», señalan fuentes jurídicas del PSOE. «Hay otras cosas ante las que hay que presentar garantías y cauciones, como interponer un recurso, pero en este caso es por una responsabilidad patrimonial subsidiaria y el pago de sanciones».
Unas conclusiones que coinciden con las de otros juristas consultados por El Norte, que advierten de que la susodicha fianza «se pide como concepto de responsabilidad civil, que no estaría contemplada en el artículo 32».
Otra interpretación diferente, sostenida por diferentes fuentes, es que «en esta fase del procedimiento», apertura de juicio oral, la Junta de Castilla y León «no tendría que presentarla, proque las administraciones públicas no quiebran, son solventes. Por tanto, no necesita avalar la responsabilidad civil», como sí tiene que hacer una empresa o un particular.
Pero si hay algo cierto es que «si hay una sentencia condenatoria, la Junta tiene que pagar la responsabilidad civil que se determine». Es decir, aunque ahora se libre de poner esos 24 millones por adelantado, o un aval por esa cantidad, sí tendrá que desembolsarlos si la sentencia confirma la sanción prevista.
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