La Junta alega este miércoles en favor de su toque de queda dudoso, que cumple 19 días en vigor
El Ejecutivo regional y el Gobierno central han preferido la pausa para dirimir su legalidad y no habrá novedades hasta la semana que viene
El toque de queda de Castilla y León va a seguir vigente durante algunos días más, sea efectivo o no y con las dudas sobre ... su legalidad aún vigentes. Alfonso Fernández Mañueco presentará hoy públicamente las alegaciones que se elevarán a la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Dispondrán de cinco días hábiles para dictaminar, lo que significa que hasta mediados de la semana que viene no se esperan novedades al respecto.
Los plazos juegan a favor de la restricción impuesta el pasado día 19 de enero por la Junta. Porque todo lo que rodea a esta limitación de derechos fundamentales amparada -eso habrá de dilucidarlo el Tribunal Supremo- por el decreto de estado de alarma ha venido rodeado de un componente político ineludible.
El Gobierno decide optar por la vía más larga. Esta es la primera clave del asunto. En el decreto del estado de alarma, el Gobierno delega sus competencias ejecutivas a las comunidades autónomas. El presidente de cada comunidad, en este caso Alfonso Fernández Mañueco, pasa a ser la autoridad delegada para aplicar las diferentes restricciones en aras a mitigar la pandemia. Esta fórmula no es, de por sí, muy habitual, según explican fuentes jurídicas. Pero es que además, al conocer la decisión de la Junta de Castilla y León, el Gobierno elige recurrir a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, cuando la solución más simple, aseguran estas mismas fuentes, habría sido avocar esa delegación de competencias. Es decir, volver a asumir las competencias y anular así la orden de la Junta y su capacidad para aplicar las restricciones contempladas en el estado de alarma. Precisamente lo que no quiere hacer el Ejecutivo de Pedro Sánchez, que se limita a supervisar las actuaciones de las comunidades autónomas.
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Recurso cautelar, pero no «cautelarísimo». Este recurso, además, solicita la interposición de medidas cautelares, pero no «cautelarísimas», con lo que el asunto no cuenta con la urgencia que sí tuvo, por ejemplo, el recurso del Ayuntamiento de Valladolid cuando intentó que las limitaciones de la Junta durante las fiestas patronales no interfirieran en la programación cultural. El Consistorio recurrió el día 2 de septiembre y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León resolvió el día 4. Aquí, en cambio, el procedimiento comenzó el 17 de enero, cuando el Gobierno pidió a la Abogacía del Estado que recurriera el toque de queda impuesto por la Junta vía Boletín Oficial el día 16. Y va a terminar, como pronto, en torno al 10 de febrero, más de tres semanas después.
Diez días hábiles, apurados hasta el final. La Junta disponía de 10 días hábiles para presentar el recurso y lo hará al límite del tiempo disponible, este miércoles. Los servicios jurídicos de la Junta, que dirige el ex procurador del PP Luis Miguel González Gago, han ultimado el informe con las alegaciones sin que haya trascendido ni una sola palabra sobre los argumentos jurídicos que se van a emplear, más allá de lo referido por Francisco Igea o Alfonso Fernández Mañueco en sus ruedas de prensa. Esto es, que un artículo habla de la posibilidad de la autoridad delegada de «modificar, suspender y flexibilizar» la aplicación de la norma y que en Navidad se relajó el toque de queda para situarlo a la 1 de la madrugada en Nochebuena y Nochevieja. A eso, sin embargo, se puede oponer que suponía una relajación de una norma que restringe un derecho fundamental, y no una restricción mayor de algo especialmente protegido.
La responsabilidad última. La cuestión, más allá de si funciona o no la medida, es qué ocurre si se demuestra que no está ajustada a la legalidad. ¿Puede deducirse que ha habido prevaricación por aprobar una norma a sabiendas de su ilegalidad? El parapeto, en este caso, es el informe jurídico al que siempre se han referido Mañueco e Igea. Un informe que, como han reiterado, avalaba la decisión basándose en la interpretación de ese artículo que permitía «modular, flexibilizar o suspender» las restricciones previstas.
El trasunto catalán. Concluidos los plazos, y suceda lo que suceda, estarán a punto de celebrarse las elecciones catalanas con el ex ministro de Sanidad, Salvador Illa, como candidato del PSC y sin haberse desgastado en este debate, que ha corrido paralelo a la actualidad de la pandemia. Illa, del mismo modo, dejó pasar las peticiones de las comunidades autónomas de modificar el decreto de estado de alarma para permitir confinamientos duros o restricciones mayores.
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