Castilla y León ordena la extracción «urgente» de la madera quemada en las zonas afectadas por incendios
Los trabajos deberán ajustarse a los pliegos de prescripciones técnicas que faciliten los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de cada provincia
E. N.
Miércoles, 17 de septiembre 2025, 10:31
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dirigida por Juan Carlos Suárez-Quiñones, ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) una orden por la que se han dispuesto actuaciones para proceder a la extracción de la madera quemada en las áreas de la comunidad afectadas por los incendios forestales registrados en el verano de 2025.
La resolución establece la obligación para las entidades propietarias de montes catalogados de utilidad pública y consorciados con la administración autonómica de proceder de «forma urgente» a la retirada de la madera dañada donde aún no se hubiera realizado. Dichos trabajos deberán ajustarse a los pliegos de prescripciones técnicas que faciliten los Servicios Territoriales de Medio Ambiente de cada provincia.
En el caso de montes y zonas arboladas no gestionadas por la Junta, pero afectados por incendios, la normativa ha fijado que los titulares de los aprovechamientos forestales deben llevar a cabo la corta de madera y leñas.
La disposición ha previsto excepciones en aquellos supuestos en los que el acceso a los terrenos resulte inviable o no se observen riesgos fitosanitarios para las masas forestales próximas. Además, las cortas obligatorias se pueden realizar sin necesidad de presentar las solicitudes de aprovechamiento habituales, aplicándose la misma excepción a las cortas de frondosas.
Contra esta orden se ha habilitado la posibilidad de interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.