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SENTENCIA

El TSJ frena la construcción de más parques eólicos en Las Omañas

El TSJ frena la construcción de parques eólicos en Las Omañas

M. J. PASCUAL

Viernes, 18 de mayo 2012, 23:16

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha declarado la ilegalidad radical del Parque Eólico Villabandín II y la ampliación a Villabandín II proyectados en el valle leonés de Las Omañas, en una zona de especial sensibilidad ecológica, y que habían sido autorizados por la Junta en 2007.

Esta sentencia, que estima el recurso interpuesto por la Asociaci ón para el Estudio y Protección de la Naturaleza URZ, podría sentar precedente para el resto de pleitos iniciados por la organización SEO/BirdLife contra parques eólicos por su impacto ambiental en León, indican desde esta organización. El fallo del TSJ, fechado el 27 de abril pasado aunque dado a conocer ayer, estima un recurso planteado por la asociación leonesa contra la Consejería de Economía y Empleo y la empresa promotora, Productora de Energía Eléctrica. En esta zona, SEO/BirdLife tiene recurridos nueve parques eólicos y sus instalaciones eléctricas «por tener un elevado impacto sobre el medio ambiente y haber sido mal tramitadas».

El nuevo fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo) se suma a la sentencia firme del TSJ, de 10 de junio de 2009, que anuló el Parque Eólico Murias II, y a varios autos que paralizaron cautelarmente otros proyectos en Omaña y Cepeda entre ellos, Villabandín II y Ampliación mientras se tramitaban los recursos, que el año pasado fueron confirmados por el Tribunal Supremo.

Efecto dominó

Los magistrados sostienen en el actual fallo que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental ha sido inadecuado y que existe fragmentación del proyecto. Para este segundo argumento «sigue el criterio fijado en la citada sentencia de 10 de junio de 2009» (del Murias II) sobre las carencias a la ahora de tramitar proyectos eólicos sin incluir las líneas eléctricas de evacuación y sin tener en cuenta otros proyectos colindantes e interconectados en zonas ambientalmente protegidas. Algunas de estas instalaciones están construidas y en pleno funcionamiento. Carlos González-Antón Álvarez, abogado de la organización ecologista que ha llevado el caso, considera que «esta sentencia supera a la del Parque Eólico Murias II, siendo un claro avance en dicha doctrina, ya que anula el parque eólico al entender que hay fragmentación de proyectos, cuando al autorizarlo no se tienen en cuenta la línea de evacuación o los veinte parques en tramitación en la zona; de tal forma que el proyecto autorizado no es un parque, sino una parte de un parque, porque no es autosuficiente para cumplir su finalidad».

Renuncia al tendido

Además, Enel Green Power ha puesto ayer en conocimiento del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de León su renuncia a la construcción de uno de los tendidos eléctricos de evacuación eólica del nudo Villameca en Omaña, proyecto que SEO/BirdLife mantenía recurrido desde el año 2009.

Esta línea aérea de alta tensión, de más de 25 kilómetros de longitud, estaba autorizada desde 2008 y afectaba a los municipios de Riello, Valdesamario y Villagatón, evacuando la energía producida en seis parques eólicos autorizados en el norte de Omaña. Villabandín II y su ampliación hubiera sido uno de los seis parques que hubiera empleado ese tendido de evacuación hasta la subestación de Murias de Ponjos, desde donde parte otro tendido de 13 kilómetros que finaliza en la subestación de Villameca, donde el nudo hace entrega de la energía a la red eléctrica.

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