Cristian Casalet, el segundo por la izquierda, y el resto de los acusados, ya absueltos, durante la celebración de la vista el pasado mes de junio. Carlos Espeso
Tribunales en Valladolid

Segunda sentencia por un BMW amarillo robado en Laguna hace nueve años: 15 meses de cárcel

El nuevo fallo de la Audiencia Provincial condena a uno los acusados y absuelve a otros tres al considerar que «no tenían conocimiento» del origen ilícito del vehículo

Jenifer Santarén

Valladolid

Domingo, 20 de julio 2025, 08:18

Segunda sentencia por el juicio del BMW amarillo robado en Laguna de Duero en febrero de 2016. La Sala Segunda de la Audiencia Provincial, en ... una composición diferente a la que dictó un primer fallo absolutorio en junio de 2023, ha condenado a un año y tres meses de cárcel a Cristian Casalet por un delito de receptación, al entender que se habría lucrado con la compraventa del turismo hurtado, por el que un «comprador de buena fé», Álvaro V. F., pagó 15.000 euros en octubre de 2018. Consideran así acreditada su participación en las «diversas transmisiones» de un coche del que «conocía la procedencia ilícita» y que había sido manipulado y rematriculado con los datos de una carrocería que también figuraba a su nombre como adquiriente en fechas próximas al hurto. El condenado deberá además indemnizar con 16.313,50 euros a Álvaro V. F., que ejercía la acusación particular en el procedimiento como titular del coche cuando fue recuperado por la Guardia Civil en 2018.

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Una condena que llega tras la segunda celebración del juicio, que tuvo lugar el pasado mes de junio tras una suspensión en enero. La sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en respuesta a un recurso de apelación, dictaba el pasado año la nulidad de la primera sentencia, al entender que esta no estaba lo suficientemente motivada. Y devolvía así el alto tribunal al banquillo de los acusados a cuatro de los seis encausados inicialmente en el procedimiento,para los que la acusación particular pedía penas de 15 años de cárcel por los delitos de receptación o blanqueo, estafa y falsedad en documento oficial. Resultando absueltos nuevamente tres de ellos, al considerar que no ha quedado probado que tuvieran conocimiento del origen ilícito del vehículo que tuvieron bajo su titularidad en diversos momentos entre marzo y septiembre de 2018.

Los hechos juzgados se remontan a la sustracción del vehículo, un BMW M3 amarillo, que tuvo lugar hace nueve años y medio en Laguna de Duero. Y cuya autoría no ha quedado esclarecida durante el procedimiento, después que el único sospechoso al que acusaba la Fiscalía quedase fuera del caso tras la primera sentencia. Y así lo señala la sentencia, que considera como hechos probados que en la tarde del 10 de febrero de 2016, Ricardo S. P., el dueño del coche, se citó con una persona «cuya identidad no ha quedado determinada» para que esta pudiera verificar el estado del mismo a fin de proceder con su venta. Un supuesto comprador potencial que en un momento dado y aprovechando que el dueño le enseñaba en maltero, «se montó rápidamente en el vehículo y se marchó del lugar».

Seís días después de estos hechos, el condenado Cristian Casalet, figuraba como titular en la compraventa de la carrocería de un BMW siniestrado del mismo modelo, color negro. Cuyo número de bastidor y matrícula fueron empleados por «personas indeterminadas» para llevar a cabo una manipulación del vehículo hurtado. Así quedó acreditado en las diligencias de la Guardia Civil tras el análisis efectuado del turismo, recuperado en Vigo a finales de 2018, cuando estaba bajo titularidad de Álvaro M. P. Un «comprador de buena fé» que lo había adquirido semanas antes tras pagar 15.000 a través de una empresa de compraventa de otro de los acusados.

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Así, el objetivo del nuevo señalamiento era esclarecer la posible implicación de cuatro investigados en los delitos de receptación, estafa y falsedad en documento público. Al entender la acusación particular, que además de Christian Casalet, otras tres personas que figuraron en distintos momentos como titulares del vehículo - Ánge H. P., José Ángel. M. J. y Antonio. R. C- se habían aprovechado de los efectos del hurto. Solicitando penas de 15 años para cada uno de ellos y una responsabilidad civil subsidiaria conjunta de 20.954 euros. 15.000 euros para restituir el pago efectuado por el vehículo intervenido; 4.500 euros por la afección de la pérdida del vehículo y el montante restante para paliar los gastos en los que había incurrido el comprador durante la transmisión y una posterior reparación.

La acusación particular solicitaba penas para cada uno de ellos de 15 años

Sin embargo, para la sala segunda, «no ha quedado probado que Ángel, José Ángel o Antonio tuvieran conocimiento de la comisión de los de delitos de hurto y falsificación en relación con el vehículo o del origen en una actividad delictiva del mismo». Los magistrados sitúan, al no existir pruebas «para afirmar lo contrario», su intervención en los hechos en 2018, «dos años después de la sustracción y manipulación del vehículo», existiendo así una «desconexión temporal significativa».

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En el caso de Ángel y José Angel, recogiendo las versiones manifestadas durante la vista que «se han mantenido en el tiempo» y que «resultan verosímiles», limitan su papel a una compraventa fallida del vehículo, que se produjo entre marzo y abril de 2018. En esas fechas, según declararon ambos durante las testificales, José Ángel pidió ayuda a Ángel, que regentaba una empresa de compraventa de vehículos, para adquirir un coche que había visto anunciado través de internet y que resultó ser el BMW robado.

Con la finalidad de ahorrarse el impuesto de transmisiones, en marzo de 2018 la empresa titularidad de Ángel adquirió el BMW, que ya había sido manipulado y rematriculado, al condenado Cristian Casalet. Siendo transferido un mes más tarde, en abril, a José Ángel, quien había acordado la compra con Casalet. Sin embargo, en junio de ese mismo año, José Ángel solicitaba la devolución del vehículo, al haber constatado que se trataba de un coche de importación que había sufrido un siniestro, siendo transferido a mediados de ese mes de nuevo a la sociedad de compraventa.

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Una posible falsificación

Como parte del acuerdo para hacer efectiva la devolución y según solicitó Cristian Casalet, el vehículo se transfirió diez días más tarde al cuarto encausado, Antonio R. C. Cuya participación activa en los hechos tampoco ha quedado «debidamente acreditada». Pues considera la sala que las explicaciones facilitadas sobre de qué forma pudieron hacerse con su DNI para que dicha adquisición se hiciera sin su conocimiento «no son ilógicas o descabelladas». Ya que, según manifestó el encausado durante la vista, su trabajo en el sector de los químicos le obliga a depositar el DNI en la entrada cuando visitaba otras empresas de la zona sur de Madrid, momento en que alguien podría haber realizado una copia del mismo. Una hipótesis que se ha visto reforzada por la pericial que solicitó la defensa. Y cuyo resultado, aunque no es «concluyente», apoya una posible falsificación de su firma.

Finalmente, el vehículo fue adquirido por el demandante, Alvaro V. F, en septiembre de 2018, con la intermediación de la empresa de Ángel, donde permaneció el vehículo durante el tiempo que figuró a nombre del cuarto encausado, ya absuelto, «en concepto de comisión de venta». Finalmente la compra se formazó por un precio de 15.000 euros. Figurando el vehículo a nombre del demandante, entre el 23 de octubre y el 7 de noviembre, cuando agentes de la Guardia Civil de A Coruña intervinieron el mismo comprobando que se trataba del vehículo robado y procediendo a su devolución a su dueño legítimo.

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