El TSJ ratifica los nueve años de inhabilitación por prevaricación a la exalcaldesa de Boecillo
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León califica la decisión de María Ángeles Rincón de nombrar como encargado municipal de Obras a un agente de la Policía Local como «arbitraria e injusta»
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la pena de inhabilitación especial para empleo ... o cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un período de nueve años a la exalcaldesa de Boecillo María Ángeles Rincón por un delito de prevaricación administrativa.
Rincón, ex de Ciudadanos, ya fue condenada por la Audiencia de Valladolid el 2 de marzo de este año tras los hechos del 9 de noviembre de 2016, cuando nombró temporalmente como encargado municipal de Obras, cargo que se hallaba vacante, a un agente de la Policía Local, a pesar de que la compatibilidad de ambos cometidos no era posible.
De esta forma, el TSJ ha desestimado el recurso de apelación presentado por la exalcaldesa, que alegaba incongruencia de la resolución dictada con infracción del principio acusatorio y error en la valoración de la prueba. «La sentencia recurrida califica acertada y motivadamente los hechos declarados probados como constitutivos de dicha figura delictiva, puesto que la decisión de la alcaldesa que examinamos es arbitraria e injusta», refleja la sentencia del TSJ.
Eso sí, la exregidora quedó absuelta de los restantes delitos de prevaricación por los que ha sido juzgada, de los delitos de malversación de caudales públicos y de otros contra los derechos de los trabajadores.
En el juicio, celebrado a mediados del pasado mes de diciembre de 2021, la Fiscalía de Valladolid acudía con una petición para María Ángeles Rincón de cuatro años de cárcel y diez de inhabilitación por delito continuado de malversación y otros quince de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación.
En concepto de responsabilidad civil, la acusación pública solicitaba que la encausada indemnice al Ayuntamiento de Boecillo con 11.102,32 euros y con otra cantidad a determinar por los materiales utilizados en una de las obras presuntamente ejecutadas de forma ilegal.
En la vista se analizaron hechos que se remontan al 9 de noviembre de 2016, cuando la entonces alcaldesa propuso el nombramiento temporal como encargado municipal de Obras a un policía local.
La que fuera alcaldesa del municipio entre 2015 y 2019 defendió durante el juicio la licitud de sus decisiones como regidora, entre ellas la decisión de compatibilizar a un agente como jefe de Mantenimiento, cobrando horas extra en este último cometido pese a que ya incluía disponibilidad. También la ejecución de distintas obras carentes de proyecto, sin proyecto ni dirección facultativa, como las de una nave, la reparación del puente del Peregrino e incluso, según la acusación pública, del sistema de abastecimiento de la localidad.
La alcaldesa se ampara en la creencia de que no estaba incurriendo en delito y ante la necesidad de cubrir una serie de «servicios esenciales» en el municipio. La ahora condenada sacó a relucir las malas relaciones que mantenía con el secretario municipal y enmarcó en este contexto la dificultad de discernir si los reparos que éste ponía a buena parte de sus decisiones seguían criterios objetivos o no.
Bolsa de empleo
Además, sobre la situación del agente de Policía Local como nuevo jefe de Mantenimiento, la exalcaldesa explica que autorizó esta atribución debido a que el puesto había quedado vacante en septiembre de 2015 fruto del despido obligado del anterior, «que había incurrido en un grave delito». Por ello, ante una bolsa de empleo que estaba «paralizada», la acusada permitió que el agente siguiera cobrando la nómina como tal pese a que dejó de prestar servicio y pasó a encargarse del área de Mantenimiento.
Aunque las acusaciones sostenían que esa compatibilización de funciones y el pago de horas extra al jefe de Mantenimiento era ilegal, tal y como consta en infinidad de informes del secretario e interventor municipales, al llevar implícito el puesto el concepto de disponibilidad, la exregidora reconoció que el nuevo encargado percibió una compensación económica por ellas al considerar que era de justicia. «Entiendo que cuando alguien hace horas extra hay que pagárselas o compensárselas de algún modo», incidió la encausada.
También defendió la legalidad de sus decisiones respecto de distintas obras que los acusadores consideraban que no siguieron los cauces administrativos correspondientes, entre ellas la reparación del Puente del Peregrino, una infraestructura antigua que, según advirtió la entonces alcaldesa, requería de una intervención urgente debido a su mal estado y el riesgo de accidente para los vecinos ya que por él transitan camiones de gran tonelaje y es punto de conexión entre urbanizaciones utilizado por los «chavales».
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