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Unos clientes fuman en un bar antes de la prohibición.
Un total de 24 personas han sido multadas por fumar dentro de los bares

Un total de 24 personas han sido multadas por fumar dentro de los bares

Tanto los infractores como los propietarios han sido sancionados en el primer semestre de 2014

S. F.

Viernes, 15 de agosto 2014, 12:06

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Hace ya cuatro años que el gobierno español dejó muy clara la prohibición de fumar dentro de cualquier establecimiento hostelero. La reforma de la ley antitabaco que entró en vigor en enero de 2010 hizo que comenzaran entonces a ponerse de moda las terrazas cerradas con estufas incorporadas para que los fumadores pasasen de la manera más cómoda el duro invierno vallisoletano. Pero año tras año, las multas y sanciones a aquellos a los que no les entra en la cabeza tal prohibición se repiten. En unos periodos con más asiduidad que en otros.

En los seis primeros meses de 2014, un total de 24 personas han sido multadas por encenderse el cigarro dentro del bar, la discoteca o el local de turno. Pero no solo estas personas han sido sancionadas. Los consentidores de estos incívicos actos también se han visto perjudicados, ya que se han levantado las correspondientes actas sancionadoras a los 24 propietarios de los locales donde se hizo la vista gorda en su momento. Aún es pronto para saber el balance final de este año en número de sancionados.

Por su parte, en 2013, las cifras este tipo de actos poco responsables terminaron con un total de 1.919 inspecciones en los establecimientos hosteleros de la ciudad, aunque solo se abrieron 118 expedientes y finalmente 85 personas fueron sancionadas. Por el momento, los datos de estos primeros seis meses, hablan de 24 personas multadas por fumar donde no deben.

Lo curioso es que no hay preferencia ni por horas, ni por zonas. Parece que el vicio llama y hay que responder. En contra de lo que pudiera pensarse sobre el horario en los que más de uno se ha prendido un pitillo, desde la Policía Municipal aseguran que este tipo de comportamientos «no responde especialmente a horarios nocturnos, tenemos actas a cualquier tipo de hora, ya sean las cinco de la tarde o las tres de la mañana, en ese aspecto no hay predilección».

Tampoco hay preferencia en los tipos de locales en los que se pilla 'in fraganti' a los infractores. «No es que sea sobre todo bares de copas o de noche como la gente pueda pensar. Lógicamente los fumadores procuran hacerlo cuando menos clientes hay porque creen que así nadie puede sorprenderlos».

No hay zonas marcadas en el mapa de la capital vallisoletana como más frecuentadas por estos imprudentes fumadores.«No hay zonas específicas, estas sanciones se han impuesto tanto en la zona centro como en los barrios, en diferentes locales...» Queda claro entonces que no hay una tendencia para aquellos que deciden encender un cigarrillo, cuando apetece, apetece y entonces se comete este tipo de imprudencias.

Sanciones

Un producto de por sí caro como es el tabaco, puede convertirse en un auténtico desembolso para aquellos que con sus incívicas actitudes llenen de humos los lugares donde está prohibido hacerlo. Las infracciones leves se penalizan con una multa de 30 euros siempre y cuando al sujeto se le pille una sola vez. Sólo en caso de ser reincidente esto es, hasta tres veces, entrará en la consideración de falta grave, lo que conlleva una multa económica que varía de los 601 euros a los 10.000. Para el local la sanción se considera grave por, como dice la ley «permitir fumar en los lugares en que exista prohibición, o fuera de las zonas habilitadas al efecto».

La exposición humo, en mínimos

  • La primera ley antitabaquismo entró en vigor en enero de 2006 y prohibía parcialmente el consumo de tabaco en público, con separaciones en bares y restaurantes de más de 100 metros. Vista la ley, muchos establecimientos comenzaron reformas para separar estas zonas, pero no le dieron mucha utilidad ya que cinco años después, en 2011, entró en vigor la segunda ley del tabaco que ampliaba la prohibición de fumar en todo tipo de locales cerrados, como bares y restaurantes, y en algunos espacios al aire libre.

  • Este camino legislativo va dando sus frutos en aspectos sanitarios, ya que estas leyes han permitido reducir en un 90% la exposición al humo de las personas no fumadoras. Cabe recordar que en España se atribuyen cada año 1.228 muertes por cáncer de pulmón y 3.237 por enfermedad cardíaca isquémica a la exposición al humo del tabaco de los no fumadores.

Por último, las infracciones muy graves comprenden una sanción que puede variar desde los 10.001 euros hasta los 600.000. Un ejemplo de este tipo de infracciones es la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco en todos los medios, incluidos los servicios de la sociedad de la información.

La primera ley antitabaquismo entró en vigor en enero de 2006 y prohibía parcialmente el consumo de tabaco en público, con separaciones en bares y restaurantes de más de 100 metros cuadrados. Por lo que muchos establecimientos comenzaron reformas para separar estas zonas, pero no le dieron mucha utilidad ya que cinco años después, en enero de 2011, entró en vigor la segunda ley del tabaco que ampliaba la prohibición de fumar en todo tipo de locales cerrados, como bares y restaurantes, y en algunos espacios al aire libre como los cercanos a recintos hospitalarios y educativos.

Este camino legislativo, no exento de polémica entre quienes defienden la total libertad del cigarro y los que no soportan ni el olor, va dando sus frutos en aspectos sanitarios, ya que las leyes antitabaquismo que se han aplicado en España desde 2006 han permitido reducir en un 90% la exposición al humo de las personas no fumadoras. Cabe recordar que en España se atribuyen cada año 1.228 muertes por cáncer de pulmón y 3.237 por enfermedad cardíaca isquémica a la exposición al humo del tabaco de los no fumadores.

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