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Edificio de la Audiencia Provincial.

Confirmada la condena de un año de cárcel para un hombre por distribuir pornografía a menores

La Audiencia de Palencia ratifica el fallo del Penal, que le impone también 3.240 euros de multa por siete delitos de provocación sexual

el norte

Jueves, 23 de marzo 2017, 12:21

La Audiencia de Palencia ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal de Palencia dictada el pasado mes de diciembre, por la que se condenaba a un año de prisión a R. G. C. por un delito de distribución de pornografía infantil, y a 18 meses de multa, con cuota diaria de 6 euros, por siete delitos de provocación sexual sobre menores de edad, a los que la sentencia también le prohíbe acercarse o mantener algún tipo de contacto durante el plazo de un año, tiempo durante el que no podrá residir en Aguilar de Campoo. Asimismo, el condenado debe indemnizar a los representantes legales de los siete menores con 1.000 euros por el daño moral.

La resolución de la Audiencia se adopta después de un recurso de apelación presentado por el acusado, al entender su defensa que se habían producido errores en la valoración de las pruebas. El acusado ha aducido que uno de los menores ha negado haber recibido el material que se considera pornográfico, que según la defensa no puede entenderse bajo esta denominación, al tratarse únicamente de la foto del pene de uno de los menores.

Daños morales

Asimismo, se rechaza que se conceda indemnización por daños morales, cuando los progenitores o representantes legales de los menores no plantearon ninguna reclamación en este sentido.

La Audiencia de Palencia ha desestimado todos los motivos de recurso, recordando que el menor que en principio manifestó no haber recibido el material pornográfico, finalmente reconoció que pudiera haberlo recibido en alguna ocasión. Asimismo, la Audiencia recalca que la difusión de la fotografía con el pene de uno de los menores sí debe entenderse como distribución de pornografía infantil, al igual que también se considera material pornográfico diversos vídeos que también fueron enviados, al contener actos sexuales explícitos.

El condenado solicitaba también que se revocasen las condenas de acercamiento y de residencia en Aguilar, argumentando que no tiene intención de aproximarse a los siete menores y que con la medida impuesta se le imposibilita la visita a su hermana, que reside en Aguilar. La Audiencia rechaza estas pretensiones y señala que la medida es conforme a la ley y que los argumentos que se utilizan son meramente intencionales o especulativos, «Y en ellos no puede fundamentarse la exclusión que se pide».

También argumenta la Audiencia Provincial que aunque los padres no reclamaran una indemnización por daños morales, la Fiscalía está legitimada para plantear la petición no solo en sustitución de los perjudicados, sino para la protección de los menores.

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