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Reforma de la Constitución

Reforma de la Constitución

Late una profunda inquietud sobre la actual validez, o no, del mandato constitucional, y sobre si es necesario un nuevo proceso constituyente, o bastaría con una reforma más o menos influyente de la Constitución

Juan Villacorta

Valladolid

Martes, 21 de mayo 2019, 07:16

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El 31 de Octubre de 1978 la Constitución fue aprobada por las Cortes y ratificada por el pueblo español el 6 de diciembre de 1978. Las circunstancias excepcionales de aquel momento histórico influyeron decisivamente en la redacción del texto constitucional que ha regido y custodiado hasta el presente la salud y el destino democrático de la nación española, pero las presentes vicisitudes y avatares que afectan a la nación y a su proyección exterior obligan a cuestionar diversos aspectos sobre la utilidad o anacronismo de la Carta Magna.

En el Preámbulo, S. M. el Rey pronuncia el siguiente texto: «Acabo de sancionar, como Rey de España, la Constitución aprobada por las Cortes y ratificada por el pueblo español». El Rey 'sanciona', lo que quiere decir que ¿autoriza? Pero según explicita el texto constitucional, «la soberanía nacional reside en el pueblo».

El Rey igualmente dice: «El día de mi proclamación tuve la ocasión de decir que el Rey es el primer español obligado a cumplir su deber». De estas palabras puede extraerse la siguiente pregunta, ¿se identifica el Rey con el pueblo? Y si es así, ¿podemos considerar que el Rey es soberano como el pueblo? La cuestión no parece frívola si tenemos en cuenta que el Rey fue proclamado por el General Francisco Franco y sus Cortes.

En una lectura actual de la Constitución española, ciertas cuestiones del Preámbulo tal vez sean anacrónicas, o recomienden su supresión. La relación entre lo que hoy se entiende como soberanía nacional y la potestad otorgada por el texto constitucional a la figura personificada por el Rey, debe ser esclarecedora de legitimidades y prioridad de derechos.

En el fondo, late una profunda inquietud sobre la actual validez, o no, del mandato constitucional, y sobre si es necesario un nuevo proceso constituyente, o bastaría con una reforma más o menos influyente de la Constitución.

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