La Junta Electoral argumenta que el reparto de debates entre dos cadenas garantiza el «pluralismo» y la «neutralidad»
Tumba las decisiones de la comisión reunida el 14 de enero por no incorporar a un vocal del Colegio de Periodistas
La Junta Electoral de Castilla y León ha estimado el recurso presentado por Radio Televisión Española (RTVE) y obliga a que la cadena pública produzca uno de los dos debates electorales entre los candidatos a presidir el Gobierno autonómico de las tres formaciones con grupo parlamentario propio en las Cortes. El órgano, que se ha reunido este lunes, tumba todas las resoluciones adoptadas el pasado 14 de enero por la Comisión de Profesionales del Periodismo y determina el reparto de los dos encuentros entre los aspirantes, de manera que uno sea organizado por RTVE y el otro por Radio Televisión Castilla y León, que, en principio, se acordó que se encargara de las dos sesiones.
A juicio de la Junta Electoral, la decisión adoptada acerca de los medios de comunicación a los que atribuir la organización de los debates «no puede considerarse amparada por su competencia para fijar las condiciones de celebración de los mismos». Como ente auxiliar de la Administración electoral, las decisiones de esa comisión que supongan una diferencia de trato deben adoptarse «explicitando una justificación objetiva y razonable que las avale, además de deberse respetar la proporcionalidad entre la decisión adoptada y el fin que la justifica; y ninguno de estos requisitos se cumplen en la adopción de la citada decisión».
Lee aquí el acuerdo completo de la Junta Electoral
Tras analizar el acta de la Comisión de Profesionales del Periodismo, la Junta Electoral cree que este órgano «no ha considerado que el medio de comunicación excluido de la organización de estos debates públicos, RTVE, S.A, es un ente prestador del servicio público de comunicación audiovisual, mientras que el medio de comunicación al que se atribuye la organización de los dos debates públicos, Radio Televisión de Castilla y León, S. A, no es prestador de un servicio público». Por tanto se ha obviado que los medios públicos «tienen obligaciones adicionales que no corresponden a los medios de titularidad privada para garantizar los principios de pluralismo, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad, como es la obligación de incluir en sus planes de cobertura informativas las medidas compensatorias que van a adoptar respecto de las formaciones políticas con representación parlamentaria o que sean grupo político significativo y que no vayan a intervenir en los debates que organizan». Así, subraya que «el acuerdo que mejor se compadece con la garantía de los principios de pluralismo, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad, ha de ser aquel que atribuya la organización y difusión de un debate a cada uno de los dos medios de comunicación que se han ofrecido a ello».
Tras esta decisión, no obstante queda que la otra cadena mantenga su propuesta, pues podría darse el caso de que el canal regional no aceptara el mandato y se negara a producir solo uno. Esa suspensión de los acuerdos, que puede ser recurrida, afecta también a varios aspectos de estos encuentros políticos, como los días para para su celebración, las horas de emisión o las personas que los moderarán. Todo esto habrá que decidirlo de nuevo en otra sesión del órgano, que se ha convocado para hoy martes a las 16:30 horas en la sede de las Cortes regionales.
Consulta el acta de la reunión del 14 de enero de la Comisión de Profesionales para la Organización de los Debates Electorales
La Junta Electoral estima, además, el recurso presentado por el Colegio de Periodistas de Castilla y León por haberse constituido la comisión «contraviniendo las formalidades previstas en el ordenamiento jurídico» al no haber sido llamada para participar a la misma una persona en representación de esta entidad y al haber sido convocado un mismo vocal en representación de más de un medio de comunicación.