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Coronavirus en Castilla y León

Estos son los 21 municipios afectados por las medidas extraordinarias contra el coronavirus

Los cierres conciernen a todas las capitales de provincia a excepción de Ávila, León, Soria, Zamora y Salamanca

El Norte

Valladolid

Lunes, 5 de abril 2021, 14:06

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La consejera de Sanidad de Castilla y León, Verónica Casado, ha anunciado esta mañana nuevas medidas extraordinarias para hacer frente a la pandemia. Las acciones aprobadas que entrarán en vigor este martes afectan a un total de 21 municipios de la comunidad y se centran en el cierre del interior de la hostelería y de las salas de juego.

En la provincia de Burgos los municipios afectados son un total de cuatro: Burgos, Miranda de Ebro, Medina de Pomar y Briviesca; en Palencia, el número asciende a cinco con el cierre en Palencia, Aguilar de Campóo, Villamuriel de Cerrato, Cervera de Pisuerga y Venta de Baños. En León, el número es de dos, concretamente Villablino y La Pola de Gordón. En Salamanca se verán afectados por estas nuevas medidas los municipios de Santa Marta de Tormes, Carbajosa de La Sagrada y Villamayor. En Segovia son tres las zonas afectadas, Segovia, El Espinar y Riaza; en Soria son dos: Soria y El Burgo de Osma. Por último, en Valladolid son dos los municipios en los que entran en vigor estas nuevas medidas: Valladolid y Tudela de Duero.

Las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional que se implementarán a partir del 6 de abril en los 21 municipios castellanos y leoneses indicados son las siguientes:

■ Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:

• Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

• Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio de que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

• Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

• Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

• Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

■ Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

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