Con esclerosis y discapacidad del 70%, su esposa enferma y sin plaza en la residencia de su localidad
El Procurador del Común recuerda a la Administración, en este caso a la Diputación de Soria, el «deber» de facilitar el acceso a esta prestación pública
Las evaluaciones generales en las que Castilla y León encabeza la gestión del sistema de atención a la Dependencia conviven con casos personales en ... los que esa asistencia dista bastante de cubrir las garantías que marca la ley. En la última tanda de resoluciones publicadas por el Procurador del Común de Castilla y León figura una queja, investigada por del Defensor autonómico, de un ciudadano de más de 60 años con esclerosis múltiple en fase avanzada, al que cuidaba su esposa hasta que ella misma atravesó una larga convalecencia tras varias intervenciones quirúrgicas y al que la falta de plazas ha hecho imposible su atención en la residencia pública de mayores de la localidad en la que reside. Un municipio cabecera de comarca en la provincia de Soria.
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A falta de plazas públicas, remarca el Procurador, la ayuda económica sustitutiva no cubre la factura total de una privada
El centro solicitado (por cercanía y servicios terapéuticos) depende de la Diputación soriana, que gestiona dos residencias en Ágreda y El Burgo de Osma. Es a sus responsables a los que Tomás Quintana, Procurador del Común, recuerda que el caso de este vecino «refleja con claridad las dificultades que padecen algunas personas para acceder a los recursos residenciales públicos solicitados» en una resolución que refleja, además, que al afectado ni siquiera se le había facilitado «fecha aproximada de la efectividad de su ingreso» en esa residencia.
La resolución omite el nombre del centro y de la localidad para garantizar la protección de datos de la persona que ha interpuesto la queja, pero la investigación de la misma con la información oficial que ha recabado el Procurador constata la precaria situación del afectado. A falta de esa plaza pública, y tras una resolución de la Consejería de Familia que le reconoce el derecho a un servicio de atención residencial por su grave dependencia (grado III), el enfermo de esclerosis múltiple se encuentra en un centro privado que está alejado de su localidad de residencia, que «no cubre sus necesidades especiales de atención» y «cuya estancia es costeada en parte con una prestación económica vinculada». En 'parte', no totalmente.
«Considero que la situación familiar excepcional en la que se encuentra hace que sea inviable continuar en una residencia a tantos kilómetros de su domicilio», constata un informe psicológico del afectado que se incluye en el expediente y que refleja que este ciudadano sufre un 70% de discapacidad, a lo que suma que la «cuidadora principal», que es su esposa, padece una «enfermedad grave que hace que pueda hacerse cargo de él como había hecho hasta el momento». Esa situación le impide, además, visitar con la frecuencia que necesita al enfermo por la distancia entre el domicilio y la residencia privada, prosigue la evaluación psicológica, que añade otro déficit importante en la atención a este paciente con diagnóstico de esclerosis: la falta de terapias. «Por otro lado, no recibe el tratamiento necesario para su deterioro cognitivo porque no dispone de este la residencia en que se encuentra. Esto es muy perjudicial para su salud en estos momentos y puede hacer que su situación de demencia empeore de manera importante», alerta el informe.
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El Procurador del Común reclama que se «adopten las acciones oportunas para facilitar a dicho solicitantes, a la mayor brevedad posible, una plaza residencia en el centro solicitado». Quintana remarca también la necesidad de mejorar la red de recursos residenciales de atención a la dependencia para reducir el tiempo de espera y garantizar el acceso ágil a una atención reconocida oficialmente a personas en situación vulnerable y que no puede sustituirse con prestaciones económicas parciales. En este caso, esa demanda tiene como destino la Diputación de Soria, a cuyo responsables conmina a valorar «la posibilidad de ampliar las plazas existentes en tales recursos para atender la demanda insatisfecha».
Tomás Quintana advierte tras su investigación sobre el «deber» de la Administración de proporcionar el servicio residencial público a quienes así lo tienen reconocido por su situación de dependencia y falta de autonomía y señala que las prestaciones económicas que se ofrecen como alternativa «pueden diferir de forma importante del coste real de los servicios prestados en centros privados, contribuyendo de forma reducida a la financiación o pago de una plaza de esta naturaleza».
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O lo que es lo mismo, que no es solución, porque no llega esa ayuda económica a sufragar lo que cuesta una residencia privada.
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