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Un ejemplar del Código Penal. EL NORTE
El artífice del 'pucherazo' puede incurrir en falsedad en documento privado

El artífice del 'pucherazo' puede incurrir en falsedad en documento privado

El artículo 395 del Código Penal contempla condenas de seis meses a dos años de prisión si se demuestra la intención de perjudicar a terceros

M. J. Pascual

Valladolid

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Martes, 12 de marzo 2019, 19:03

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El autor o autores del 'pucherazo' en las primarias castellanas y leonesas de Ciudadanos pueden incurrir en delitos de falsedad en documento privado, no importa si el soporte es el tradicional de papel o si es telemático, según han indicado fuentes jurídicas consultadas, «siempre y cuando se demuestre o haya indicios de que hay una intencionalidad de perjudicar a terceros, en este caso, al contrincante político», puntualizaron.

En principio, se contempla que esta componenda para inflar el número de votos a favor de Silvia Clemente podría encuadrarse en el artículo 395 del Código Penal, que castiga a quien, «para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390». Esas falsedades hacen referencia a la manipulación o alteración de esos documentos con fines perjudiciales a un tercero.

Autoría intelectual

Además, el delito de falsedad documental (público o privado) admite figuras de coparticipación por la vía de la inducción o por la adopción de un acuerdo para fingir la realidad documental o incluso por la cooperación necesaria con actuaciones que completan la aparente realidad del documento, según la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2004.

La autoría intelectual, además de la material, también se contempla en la jurisprudencia del TS respecto de este tipo de delitos, que en muchas ocasiones van ligados al de estafa, pues la falsificación puede ser el medio para perpetrar un engaño a terceros.

Como en cualquier ilícito penal, la denuncia puede ser planteada por un particular ante el juzgado de guardia o en la Fiscalía,. El ministerio público también puede actuar de oficio.

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