Los Presupuestos Participativos del Ayuntamiento Valladolid tendrán carácter bienal
La Junta Gobierno Local establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria de cada proceso y las zonas en las que se dividirá la ciudad
El Ayuntamiento de Valladolid aprobó hoy la modificación del Reglamento de los Presupuestos Participativos, que tendrán como novedades su carácter bienal y la Junta Gobierno local establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria de cada proceso, determinará las zonas en las que se dividirá territorialmente la ciudad y la cantidad destina a cada una de ellas.
Además, se incide en la necesidad de concreción del informe que determine la viabilidad jurídica, económica y técnica de cada una de las propuestas de proyectos de inversión, informe esencial que debe hacerse con rigor y contar con una valoración económica certera, ya que no en vano será determinante en el proceso selectivo. «Su escasa regulación en el reglamento actual ha dado como resultado la inexistencia de un informe con el rigor necesario, encontrándose que muchas de las propuestas han resultado no viables o con una valoración económica insuficiente para llevarlas a cabo», señaló el Consistorio en una nota recogida por Ical.
Criterios de selección
Por otra parte, se revisan los criterios de selección de las propuestas de los proyectos de inversión presentadas por la ciudadanía, garantizando en cierta medida la prioridad de las que tengan más apoyos por los vecinos frente a las que hubieran tenido menos, otorgándoseles una consideración especial, corrigiéndose en este sentido las quejas manifestadas por algunos vecinos que habían visto cómo propuestas muy apoyadas, no resultaban seleccionadas posteriormente por las mesas de zona.
Asimismo, se incluye en el reglamento la regulación de los presupuestos participativos escolares, que se venían celebrando, carentes de regulación normativa.
Por último, se garantiza que las propuestas de proyectos de inversión, que no se hubieran podido incorporar al proyecto de presupuesto correspondiente, en aplicación de la normativa vigente, serán objeto de consideración en el proceso de elaboración de sucesivos presupuestos municipales.
El propósito de la modificación es, según el Consistorio, «conjugar la obligación que tienen los ayuntamientos de establecer y regular órganos y procedimientos de participación efectiva de los vecinos en los asuntos de la vida pública municipal, y la necesidad de tener en cuenta que los procedimientos de participación ciudadana no podrán, en ningún caso, menoscabar las facultades de decisión que correspondan a los órganos representativos por ley».
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