La jueza apunta al novio de la madre como «sospechoso» de abuso a la niña con una enfermedad venérea
La magistrada se tendrá que inhibir y remitir el caso a la Audiencia Nacional de confirmarse que el presunto delito se cometió en el extranjero
El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid mantiene abierta, desde el pasado 26 de febrero, una causa para investigar el supuesto abuso sexual sufrido ... por una menor de cuatro años tras ser diagnosticada de una enfermedad venérea en una consulta médica en el centro de salud de la plaza del Ejército de Valladolid, que fue confirmada más tarde en el Hospital Río Hortega. De las primeras pesquisas, se desprende que los hechos analizados pudieron tener lugar en el extranjero, durante un viaje en el que la niña acompañó a su progenitora para visitar a unos allegados. El «sospechoso», pareja sentimental de la madre, reside en Sudamérica. De confirmarse que el presunto delito tuvo lugar fuera del país, el órgano vallisoletano tendría que inhibirse y remitir las actuaciones a la Audiencia Nacional, según informó este martes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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La titular del juzgado, la magistrada María Teresa Javato, ha oficiado a la UFAM (Unidades de Atención a la Familia y Mujer) de la Policía Nacional para que practique más diligencias y amplíe la investigación. Igualmente, se ha dirigido a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la Junta, «administración a la que compete la protección de cualquier menor sin que sea necesaria la petición de un juez», acotan en el TSJ, para que completen la información y remitan un informe sobre la situación familiar en la que vive la pequeña.
El TSJ recalca que la Junta podría haber actuado y esta afirma que conocieron el caso por la prensa
En la nota enviada por el TSJ se trasluce cierta contrariedad después de que la Junta haya asegurado que los Servicios Sociales no recibieron ninguna comunicación del caso. De hecho, se enteraron de la investigación judicial abierta por la información que el lunes publicó este diario. Quizá por eso, para repartir responsabilidades, el alto tribunal de la comunidad subraya, en dos ocasiones, aunque de distinta manera, que la Administración autonómica, a través de sus Servicios Sociales, tiene «plena autonomía» para intervenir ante casos de desprotección y su actuación no requiere de la orden de un juez. Recuerda que el 'Protocolo Sanitario de Actuación ante la Sospecha de Maltrato Intrafamiliar en la Infancia y Adolescencia', aprobado por el Gobierno regional en 2016, establece «en su página 31 y siguientes» la forma de actuar en caso de riesgo por maltrato grave y desamparo. Ahí se contempla –matiza el TSJ– que en estos casos la primera intervención es atender de forma inmediata aquellas lesiones que puedan poner en grave riesgo la salud del menor. También, continúan, es prioritario asegurar su protección en aquellos casos en que no exista figura familiar o de apego que pueda hacerse cargo del menor.
Una vez realizada esta primera atención, se procederá a la notificación del caso, que se realizará «directamente a la Sección de Protección a la Infancia de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales», junto con la comunicación del caso al trabajador social del centro sanitario. Además, se realizará una notificación telefónica al juzgado de guardia de todas aquellas situaciones que pueda motivar una posible causa judicial o cuando exista una situación de emergencia. Posteriormente, se enviará el parte médico de lesiones, recuerda el TSJ.
En esta ocasión, el hospital sí comunicó con los tribunales, pero, según la versión de la Consejería de Familia, no lo hizo con la Gerencia. Tampoco llegó ninguna notificación del juzgado instructor al Ejecutivo autonómico. La información periodística ha sido la que ha impulsado la intervención de los Servicios Sociales.
Las averiguaciones se iniciaron después de que el hospital, al que acudió la niña acompañada de su madre, pusiera los hechos en conocimiento del juzgado de guardia mediante una llamada telefónica el pasado 26 de febrero. «Inmediatamente», el órgano judicial dio traslado a la Fiscalía y a la Policía para que se practicaran las diligencias oportunas encaminadas al esclarecimiento de los hechos, relatan.
El informe forense recibido por la magistrada únicamente recoge la enfermedad de transmisión sexual y no aprecia ninguna otra lesión en la niña . Fuentes médicas señalaron el lunes a El Norte de Castilla que «unos días después» la madre volvió a acudir a Urgencias pediátricas del Río Hortega con su hija para ser atendida de una lesión en la mano y un corte en la ceja. Sin embargo, fuentes oficiales consultadas descartan que se produjera esa segunda visita al hospital.
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«Total colaboración» de la progenitora
Fuentes de la Consejería de Familia confirmaron que los Servicios Sociales mantuvieron ayer mismo un encuentro con la madre y con su hija en el que la primera mostró su «total colaboración» para esclarecer los hechos. Insisten en el departamento que gestiona Isabel Blanco en que la Fiscalía no ha apreciado desprotección o desamparo, por lo que, de momento, no se han tomado medidas. Los trabajadores sociales están analizando el entorno familiar de la pequeña para conocer en qué situación vive. El informe que se elabore será remitido a las autoridades judiciales para su análisis. La madre mantiene la custodia.
El juzgado instructor matiza también que no ha recibido ninguna otra llamada telefónica ni un parte médico en el que se advirtiera de la existencia de esa segunda atención hospitalaria. «De modo que al juzgado instructor solo le consta la primera asistencia sanitaria en la que se le diagnostica a la menor la enfermedad de transmisión sexual», recalcan desde la sede del tribunal en Burgos.
La Junta reformó a primeros de este mismo año el protocolo de protección a lo menores, tras el caso de la niña Sara, de manera que en el momento en que se produzca el ingreso en un centro hospitalario de menores de edad sobre los que exista sospecha o evidencias de maltrato grave el alta médica no podrá hacerse efectiva hasta que se reciba resolución de la autoridad judicial, del Ministerio Fiscal o de los servicios sociales competentes.
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