Los Juzgados de Valladolid de la calle Angustias, donde se instruyó la investigación, en una imagen de archivo. Carlos Espeso
Tribunales

Dos años de prisión para un funcionario vallisoletano que falseó una declaración de la renta por venganza

El condenado, que ha sido inhabilitado durante el mismo periodo, tenía una relación de amistad con la denunciante que se vio truncada por un conflicto laboral entre esta y su pareja de entonces

Jenifer Santarén

Valladolid

Lunes, 10 de marzo 2025, 20:22

Dos años de prisión, inhabilitación por el mismo periodo para ejercer de funcionario en la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla ... y León así como en Gestión Tributaria de la misma; 10.000 euros de indemnización, 1.500 de multa e imposición de costas.

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Es la condena dictada por la Audiencia Provincial de Palencia contra el vallisoletano David Rincón, años atrás jefe de Sección de Control Tributario en el servicio territorial de Palencia, que ocupaba la plaza en interinidad cuando en junio de 2021, participando en la campaña de la renta de 2020, presentó una declaración con datos fiscales falsos a nombre de la esposa del que fuera su mejor amigo. Como resultado esta tuvo que abonar un total de 4.062.96 euros, cuando inicialmente le salía devolver 432,52 euros. Dinero que ha tardado más de un año en recuperar tras múltiples reclamaciones.

La sentencia llega tras el acuerdo de conformidad alcanzado con la Fiscalía, que inicialmente solicitaba mediante el escrito acusación provisional una pena de cuatro años y seis meses de prisión, más siete años de inhabilitación. Tras la transformación de las diligencias de investigación, llevadas a cabo por el Juzgado de Instrucción 1 de Valladolid, a procedimiento abreviado, la Audiencia Provincial de Valladolid se inhibió a a favor de la de Palencia a petición de la defensa. Lo que posibilitó una rebaja de la pena, tras alcanzar un pacto con la nueva acusación pública. La Agencia Tributaria, que ejercía la acusación particular, se retiró del procedimiento, según fuentes cercanas al proceso.

Los hechos tuvieron lugar a penas tres meses después de que el ahora condenado asumiera el cargo de interino en el servicio tributario de Palencia. Fruto de desavenencias laborales entre la denunciante y la que fuera pareja del penado David Rincón, al trabajar ambas en un mismo centro educativo, se rompió la amistad entre ambos. Hecho que motivó que el entonces acusado, «como venganza por sus diferencias personales», introdujera unos datos que «no coincidían con sus obligaciones tributarias», según reza la sentencia.

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Más de un año para recuperarlo

Por la amistad que les unía con anterioridad, la denunciante le había pedido ayuda para la presentación del impuesto en otros ejercicios, circunstancia que aprovechó, al disponer de una copia del DNI de la víctima y de otros datos personales, para enviar desde el ordenador de su puesto de trabajo una declaración ampliatoria del impuesto correspondiente a 2020. Modificación que llevó a cabo el 10 de junio de 2021, dos semanas después de que la denunciante hubiera presentado el impuesto, con un resultado a devolver de 432,52 euros.

El condenado, que ha reconocido los hechos y pedido perdón en la vista de conformidad, argumentó inicialmente ante los investigadores que se trato de un error al simular la declaración a petición de la afectada, arguyendo la relación de amistad que mantenían hasta la fecha y los favores hechos en otras ocasiones.

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El saldo a su favor resultante de la declaración inicial ya había sido consignado en la cuenta de la titular, por lo que se enteró de la maniobra al percatarse a finales de junio de que le habían cargado un adeudo de la Agencia Tributaria de 4.494,50 euros, cantidad resultante del salgo a pagar de la ampliatoria, más el reintegro de lo que ya le habían abonado. Un dinero que han tardado en recuperar más de un año, tras varios meses de reclamaciones al fisco, quien solicitó que interpusieran la correspondiente denuncia para proceder a su abono, dando esta inició a la investigación de oficio de los hechos, pues la víctima no ha llegado a personarse en el proceso.

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