Destinado a La Rondilla el policía local con orden de alejamiento por violencia de género
«Los dos implicados no deberían coincidir en turnos por mucho que haya alguna circunstancia excepcional», afirma el concejal de Seguridad Ciudadana
A la unidad motorizada del grupo II de la División Operativa. Es decir, como motorista en el distrito de La Rondilla. El Ayuntamiento de Valladolid, ... tras conocer este miércoles la sentencia firme contra el policía municipal Raúl F. D. por violencia de género contra su expareja, también agente, ha destinado de forma forzosa al policía condenado a las patrullas de La Rondilla.
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Es la medida que se ha tomado desde la Jefatura de la Policía Local para cumplir con la ejecutoria del Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid para que condenado y víctima «no puedan coincidir ni en turnos, ni en servicios, ni en el lugar de trabajo, de modo que pueda cumplirse la pena de alejamiento de al menos 500 metros».
«Tras la sentencia firme, se tomó esa medida. En principio, no deberían coincidir en turnos por mucho que haya alguna circunstancia excepcional», recalca el concejal de Seguridad Ciudadana, Alberto Palomino, que incide en que «no se le ha condenado a no llevar un arma» sobre la posibilidad de que patrulle con la pistola.
Según el régimen disciplinario de la Policía Municipal de Valladolid, que se rige por el de la Nacional, «haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la administración o las personas» es considerada falta muy grave, cuyas sanciones a aplicar se dividen en la separación del servicio, la suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años o el traslado forzoso a otro destino como ha sido el caso. «Este agente, en el inicio de la causa (se aplicó una orden de protección a la víctima el 24 de marzo de 2017 del Juzgado de la Violencia Sobre la Mujer) ya estuvo apartado», añade Palomino.
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Asimismo, el reglamento de armas, en su artículo 146.2, refleja que «deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso en los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este reglamento».
22 meses de cárcel
4Los hechos, según recoge la sentencia, se desencadenaron en septiembre de 2016, cuando Raúl, que también ha sido condenado a 22 meses de cárcel, y su expareja finalizaron una relación de tres años. Precisamente, el 23 de septiembre el policía local manifestó a la víctima frases como 'si te veo con otro, te arranco la cabeza'. Hechos que continuaron, según se confirma a través la dirección IP del móvil del denunciado, con una publicación en una página web erótica con el número personal de su expareja, ofreciendo servicios de naturaleza sexual.
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Ya en marzo de 2017 y después de un juicio en el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer en el que no se acordó ninguna medida de protección, Raúl F.D. se acercó a la vivienda de la víctima en una localidad del alfoz de la capital, donde, con el fin de asustarla gravemente, efectuó un disparo con una pistola de aire comprimido, causando desperfectos en una chapa de la galería exterior de la vivienda. Un ruido que despertó a la denunciante, que llegó a ver a Raúl por la ventana «con un objeto oscuro en la mano que se guardó en el bolsillo derecho». Un hecho que sucedió días después de que la víctima hallara impactos presuntamente con el mismo arma en varias de las ventanas de su domicilio, lo que propició, «por temor», a dormir en el salón.
Estos hechos desencadenaron la detención de Raúl F.D. el 23 de marzo de 2017, que afirmó estar en posesión de una pistola de aire comprimido con proyectiles de acero de 4,5 milímetros en su casa (en perfecto estado según ratificó balística en el juicio).
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