Angélica, la paciente afectada, con la sentencia del TSJ.

Condena de 25.000 euros a Sacyl por no informar del riesgo de una reconstrucción mamaria

La mujer, de 35 años, fue sometida a radioterapia, operada en el Río Hortega y tuvo que dejar su anterior trabajo

Jorge Moreno

Viernes, 8 de julio 2016, 11:03

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha condenado a la Consejería de Sanidad de la Junta a pagar 25.000 euros a una vallisoletana, por no informar adecuadamente sobre los riesgos que comportaba una intervención de reconstrucción mamaria a la que fue sometida con 30 años.

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La mujer, peluquera de profesión en su momento, había sufrido en el 2009 un cáncer de mama por el que se había sometido a una mastectomía radical de su pecho izquierdo. Cuando tenía 19 años, la joven decidió que le implantasen dos prótesis de silicona en una clínica privada de Valladolid.

Con el tumor detectado, en una primera intervención en el hospital Campo Grande, los médicos decidieron conservarle la prótesis para que la joven no se viera sin pecho. Tras esta cirugía, inició en 2009 un tratamiento de ocho sesiones de quimioterapia y otras 35 más de radioterapia, que le ocasionaron quemaduras en la piel de la mama izquierda por su exposición a la radiación.

En el año 2011, se le aconsejó por parte de especialistas del hospital Río Hortega la extirpación profiláctica del pecho derecho y una reconstrucción mediante la colocación de la prótesis. Con esta intervención, la mujer no quedó bien estéticamente, pues ambos pechos estaban a distinta altura y el pezón orientado hacia el exterior.

Posteriormente, en febrero del 2013, se le realizó en este mismo hospital público de Sacyl una reconstrucción de areola-pezón de la mama izquierda, utilizando tejido de la propia mama, pese a haber sido radiada. Ello originó que «a los 11 días de la intervención se apreciase una necrosis y deshiscencia de la sutura, así como una herida abierta con exposición de la prótesis», dice la sentencia, que añade que «esta intervención estuvo condicionada por las consecuencias de la radioterapia» que se le había aplicado con anterioridad.

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Todos estos hechos provocaron que el 6 de abril de 2013 se procediera a explantarle la prótesis en otro servicio sanitario, y por otros facultativos que le realizaron una reconstrucción mamaria.

Según la Asociación El Defensor del paciente, que ha llevado la asesoría jurídica de este caso, pese a los efectos de la exposición de la prótesis el cirujano del Río Hortega no le propuso ninguna solución en las sucesivas consultas que la paciente realizó, lo que le obligó a acudir a centros privados de Burgos y Santander.

Aunque la resolución del Alto Tribunal se hace eco de la calificación del facultativo, que definió en el juicio a la paciente «como muy peculiar, muy lábil», el TSJ señala que la ley obliga al médico «a documentar por escrito los riesgos específicos de la intervención. (...) Y si se trataba de una operación de muy alto riesgo, sin lugar a dudas, justificaba la elaboración de un consentimiento informado no ya genérico con información de riesgos, sino incluso exclusivamente personal».

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Los magistrados del TSJ hacen suyo también el informe de un perito que contemplaba «otras alternativas terapéuticas como era no operarse, o una intervención quirúrgica con colgajo dorsal, lo que finalmente se realizó».

Cierre de su negocio

La mujer de 35 años recordó ayer que como consecuencia del cáncer que le detectaron, y de las intervenciones y sesiones a las que fue sometida, «tuve que dejar la peluquería que tenía con tres empleadas contratadas. No podía trabajar y la Seguridad Social me reconoció la incapacidad total para este oficio con una pensión de 380 euros».

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Ahora, la sentencia del TSJ, del pasado 3 de junio, aunque no le reconoce una indemnización por los gastos médicos y las operaciones sucesivas, sí lo hace por «la falta de información previa a la realización de la citada intervención y los riesgos específicos que presentaba».

Los jueces recuerdan en el fallo que la ley del 2002, sobre los derechos del paciente, establece que el consentimiento será verbal por regla general. "Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente".

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Valoración

Carmen Flores, presidenta de la Asociación El Defensor del Paciente, estimó que "no puede someterse a una paciente a una operación que estaba abocada a un fracaso seguro, sobretodo porque no era necesaria. El médico sabía que con no se podía realizar la intervención, y que con esa operación estaba arrastrando a la paciente a una situación catastrófica, como la que finalmente acaeció".

Por su parte, la mujer, madre de un hijo de ocho años, recordó ayer que "insistí mucho al médico que no quería volver a pasar por el quirófano después de todo lo vivido, si no era necesario y, sobre todo, si no me aseguraba un buen resultado. Oírle decir que me operó porque yo insistí en ello me dolió todavía más que todo lo sufrido durante los últimos años. Me hizo creer que tenía yo la culpa", añadió.

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