Un usuario del autobús urbano entra en uno de los vehículos.

El Supremo ve legítimo el descanso de 30 minutos de los chóferes de Auvasa

Vélez explica que no es definitivo, mientras que el presidente del Comité pide se retire el recurso del anterior equipo municipal

Jorge Moreno

Martes, 19 de enero 2016, 13:28

El Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que ve legítimos los argumentos del Comité de Empresa de Autobuses Urbanos de Valladolid (Auvasa), respecto a la aplicación del descanso de 30 minutos para los conductores de la compañía municipal, durante su jornada diaria de ocho horas. La reclamación laboral se hizo en el año 2013 para aplicar el Real Decreto 902/2007, que establece los tiempos de descanso para los conductores de transporte, tanto privado como público.

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En el mismo se dice que "los trabajadores móviles interrumpirán con un periodo de descanso la jornada continuada que exceda de seis horas. La pausa será no inferior a treinta minutos". En el caso de que la jornada de trabajo sea superior a las nueve horas, la pausa será como mínimo de 45 minutos. Los conductores de la empresa municipal de transportes realizan una jornada laboral de 40 horas semanales.

Pese a esta providencia, el Tribunal Supremo no ha dictado sentencia y, paradójicamente, ha dado cinco días al letrado de Auvasa para que se pronuncie sobre la inadmisión del recurso argumentando que la sentencia que presentó el Ayuntamiento de Valladolid del TSJ de la Comunidad Valenciana no es de aplicación al caso vallisoletano.

El Juzgado de lo Social número 3 de la capital y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconocieron en 2014 y 2015 el derecho de los conductores de Auvasa pero, sin embargo, fue el anterior equipo municipal, presidido por León de la Riva, quien ordenó recurrir la sentencia ante el Supremo. El TSJ regional dijo que dicha pausa se ajustaba al Real Decreto, puesto que tenía como finalidad «reforzar la seguridad y la salud de los trabajadores móviles del transporte por carretera, así como la seguridad vial».

Más de 140 kilómetros diarios

En la providencia del Supremo, del pasado 11 de diciembre pero comunicada hace una semana al Comité de Empresa, se reconoce que los conductores de Auvasa realizan ocho horas diarias de trabajo, con recorridos de entre los 140 y 160 kilómetros, «si bien cada trayecto no excede de 50 kilómetros», que es el matiz que esgrimió la empresa para no aplicar los 30 minutos de descanso.

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El alto tribunal estatal recuerda en su nueva resolución que los 5 y 12 minutos «para estirar las piernas antes de reiniciar la ruta de cada línea» suponen un fraccionamiento del tiempo de descanso de 30 minutos, que no está permitido en el convenio o pacto entre Comité y dirección.

El presidente del Comité de Auvasa, José Luis Bustelo, pidió ayer al Ayuntamiento que «no continúe con el recurso judicial que genera un gasto de asesoría privada después de que dos tribunales nos hayan dado la razón tras tres años de litigio».

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Los sindicatos CC OO, CTA, CSIF y UGT mantienen el derecho a descansar 30 minutos, igual que lo hacen los chóferes de transporte municipal de otras ciudades españolas. Reconocen, no obstante, que fijar ese tiempo de parada supondrá no solo modificar los calendarios de los trabajadores, sino también incluso alterar las frecuencias de las líneas. En esta circunstancia, el Ayuntamiento debería de contratar a más empleados para dar continuidad a las rutas, o partir las jornadas continuas que actualmente tiene los conductores.

En este sentido, el edil de Seguridad y Movilidad, Luis Vélez, dijo ayer que «si retirásemos el recurso había que aplicar la sentencia, y eso traería mayores problemas a todos. Esperáremos».

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