Condenado por quedarse 18.800 euros de la compra de una casa en Riaza
El hombre, que trabajaba como apoderado de una inmobiliaria, recibió 30.000 euros pero tan solo destinó 11.200 al constructor y al arquitecto
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la pena de nueve meses de prisión impuesta previamente por la Audiencia Provincial ... de Segovia a un hombre acusado de apropiarse indebidamente de 18.800 euros en Riaza. El condenado había recibido 30.000 euros de un hombre y una mujer para poder iniciar la construcción de una vivienda en Riaza, pero tan solo destinó a tal fin 11.200 euros, apropiándose -según la Audiencia y el TSJ- de los 18.800 euros restantes.
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La Audiencia Provincial de Segovia consideró probado que el acusado, en su condición de apoderado de una empresa inmobiliaria, entabló relación comercial con los demandantes y en noviembre de 2018, actuando como intermediario, se comprometió la compra por parte de aquéllos de dos parcelas en Riaza para la construcción de una vivienda.
El acusado se ofreció a realizar las gestiones necesarias para la ejecución de la obra, a cuyo efecto aquellos entregaron al acusado, en enero de 2019, la cantidad de 15.000 euros para destinarlo a gestionar el inicio de la obra. En junio de 2019 realizaron al acusado otra transferencia por importe de 15.000 euros, al serles requerida por el mismo, quien les indicó que era precisa para que la persona encargada de construir la vivienda iniciara las obras, cantidad de la que el acusado no entregó factura. Una vez comenzada la obra, los demandantes tuvieron conocimiento de que, del total de 30.000 euros que habían entregado al acusado, únicamente se habían destinado a la obra la cantidad de 10.000 euros, que había sido entregada al constructor, y la de 1.200 euros, que había sido entregada al arquitecto. El acusado no justificó el destino de los 18.800 euros restantes, cantidad que se apoderó en beneficio propio.
Por ello, la Audiencia Provincial de Segovia condenó al hombre nueve meses de prisión y a indemnizar a los denunciantes con 18.800 euros, así como al pago de las costas judiciales. La Defensa del acusado presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León alegando la vulneración del principio de presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba. El TSJ, tras admitir el recurso, finalmente ha rechazado la apelación del condenado y ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia.
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