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La Audiencia Provincial ha condenado a dos años de prisión a un hombre como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones al agredir con ... un vaso de cristal a un camarero que trabajaba en un bar de Sanchonuño.También tendrá que indemnizar a la víctima con más de 2.200 euros por las heridas causadas, así como por la secuelas provocadas.
Los hechos enjuiciados se remontan al verano de 2020, cuando un varón, de nacionalidad extranjera, estampó «inopinada y violentamente» un vaso de cristal en la cara de un camarero del bar Pitoche situado en Sanchonuño, en la provincia de Segovia. El trabajador hostelero le había indicado previamente al condenado que debía salir fuera del establecimiento porque había llegado el momento de cierre, por lo que procedió a entregarle un vaso de plástico para que pudiera terminar su consumición.
«Me atizó sin verle venir y de repente tenía la cara ensangrentada», relató la víctima ante el tribunal durante la vista oral, que se celebró en octubre. Como consecuencia de los cortes, la víctima recibió cuatro puntos de sutura y tratamiento antibiótico.
El autor del ataque confesó que había cogido el vaso de cristal«que había en una mesa y le di en la cara». No obstante, puntualizó que lo hizo en defensa propia como reacción al intento de agresión del primero con un taburete, una versión que finalmente no ha resultado acreditada.
El empleado del bar narró que hizo uso del mobiliario del establecimiento «para protegerme mientras el acompañante salía delante de mí, porque me estaban rodeando y temí que me fueran a pegar, pero en ningún momento golpeé a nadie».
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El Ministerio Público solicitaba en sus conclusiones provisionales cuatro años y medio de prisión para el encausado, además del pago de 10.700 euros a la víctima. La sentencia, contra la que cabía recurso, rebajó la condena a dos años de prisión con la accesoria inhabilitación especial durante el tiempo de condena y al abono de 2.200 euros, así como de las costas procesales.
Esto se debe a que el juez ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de embriaguez del agresor para definir la pena del delito de lesiones. También se ha rebajado la ponderación inicial relativa a la secuela propuesta por el forense al concluir la sala que «la cicatriz que ha quedado a la víctima es apenas visible».
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